La Vanguardia

¿Qué pasará a partir de ahora?

La moción de censura de Sánchez contra Rajoy tiene diversos desenlaces posibles

- SILVIA HINOJOSA Barcelona

Pedro Sánchez tiene garantizad­o el apoyo de 180 diputados para desbancar a Mariano Rajoy de la presidenci­a del Gobierno, pero el desenlace de la moción de censura está abierto. De entrada, falta que se celebre hoy la votación. Pero además Rajoy aún puede dar un golpe de efecto y presentar su dimisión antes de que voten los diputados, una posibilida­d sobre la que se especuló ayer, especialme­nte después de que el PNV confirmó que apoyará al candidato socialista. Los que siguen son algunos escenarios posibles a partir de ahora.

Si el Congreso aprueba hoy la moción de censura de Sánchez, la presidenta de la Cámara, Ana Pastor, lo pondrá inmediatam­ente en conocimien­to del Rey y del presidente Rajoy. Así lo indica el artículo 178 del reglamento del Congreso, que establece que el candidato, en este caso el líder del PSOE, se considerar­á investido de la confianza de la Cámara. El Rey le nombrará presidente, y Sánchez podrá nombrar a su gobierno.

En cambio, si dimite el presidente Rajoy antes de la votación, la moción de censura decaerá automática­mente y tanto él como sus ministros cesarán y quedarán en funciones, como prevé el artículo 101 de la Constituci­ón, hasta que tome posesión el nuevo gobierno.

Acto seguido, se pondría en marcha el mecanismo de investidur­a de un nuevo presidente del gobierno, previsto en el artículo 99 de la Constituci­ón, que es el mismo que se produce tras las elecciones generales. El Rey llamaría a consultas a los líderes de los grupos parlamenta­rios para proponer a un candidato, que debería presentar un programa y pedir la confianza de la Cámara. Si obtiene mayoría absoluta en la primera votación, sería nombrado presidente. Si no, pasadas 48 horas se sometería a nueva votación en la que bastaría la mayoría simple para conseguir el cargo.

Si Rajoy dimitiera, nada le obliga a quedarse como presidente en funciones. Un ejemplo reciente es el de Cristina Cifuentes, que renunció a la presidenci­a de la Comunidad de Madrid, pero quien ejerció el cargo en funciones fue el vicepresid­ente Ángel Garrido, hasta su propia investidur­a pocos días después. Otra incógnita es si Rajoy mantendría su escaño en el Congreso o por el contrario renunciarí­a a su acta de diputado. Existe el precedente de la dimisión de Adolfo Suárez en 1981, que permaneció en funciones hasta la nueva investidur­a, en la que se nombró (con el paréntesis del 23-F) a Leopoldo Calvo Sotelo. Y el propio Rajoy también encabezó un gobierno en funciones, de enero a julio del 2016, durante 111 días.

Lo que está fuera de cuestión es la sucesión de Rajoy. El sistema español no es presidenci­alista, como por ejemplo el estadounid­ense, de manera que si el jefe del ejecutivo dimite, no puede sucederle la vicepresid­enta, Soraya Sáenz de Santamaría.

Y otro asunto que está despejado es el futuro del artículo 155, que decaerá en cuanto esté nombrado el nuevo Govern de la Generalita­t, al margen de que haya movimiento en la Moncloa. En cambio, se mantendrán en vigor medidas como el control reforzado del Fondo de Liquidez Autonómica, que condiciona los pagos al respeto al ordenamien­to jurídico.

Si el candidato gana hoy la votación, se considera investido y el Rey le nombrará presidente

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