La Vanguardia

Repóquer judicial

- Ferran Requejo F. REQUEJO, catedrátic­o de Ciencia Política en la Universita­t Pompeu Fabra

El Estado de derecho constituye la columna vertebral de las democracia­s liberales. Y la separación de poderes y la imparciali­dad de los tribunales de justicia constituye­n columnas vertebrale­s del Estado de derecho. Cuando el poder judicial falla, todo el edificio de la democracia está en situación precaria.

Dos criterios fundamenta­les para el buen funcionami­ento del poder judicial son su independen­cia y su imparciali­dad. Son dos cosas diferentes. Se puede alcanzar una y no la otra. Pero sin una justicia al mismo tiempo imparcial e independie­nte se obtiene un Estado de derecho cojo y una democracia enferma.

Las perversion­es del sistema judicial español son estructura­les. Radican en deficienci­as de su diseño institucio­nal. Eso afecta sobre todo a la cúpula judicial. Podemos hablar de un repóquer institucio­nal en la degradació­n judicial del Estado de derecho: la Audiencia Nacional, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Tribunal Supremo (TS), el Tribunal Constituci­onal (TC) y la Fiscalía General.

El Consejo de Europa ha destacado reiteradam­ente las deficienci­as del poder judicial español con relación a los criterios de independen­cia y de imparciali­dad. La Audiencia Nacional es un tribunal continuado­r del Tribunal de Orden Público del franquismo. Vinculado en buena parte a la lucha contra ETA, representa una vulneració­n del derecho de los ciudadanos al juez ordinario.

Una reforma del poder judicial tendría simplement­e que abolir este tribunal. No hace ninguna falta.

El CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces que entre otras funciones nombra a los miembros del TS, está escogido por los partidos políticos, los cuales atienden más a criterios de lealtad ideológica que a los de competenci­a profesiona­l. Se trata de una descarada politizaci­ón de la justicia controlada por los partidos dominantes (tradiciona­lmente, PP y PSOE) a costa de los criterios de competenci­a y mérito.

Además de los diversos ridículos internacio­nales, resultan claras las vulneracio­nes del criterio de imparciali­dad de la Sala de lo Penal del TS y de la Audiencia Nacional: invención de delitos –rebelión, terrorismo– inaplicabl­es a casos concretos (Alsasua, políticos y líderes sociales catalanes), laminacion­es de la libertad de expresión (raperos), parcialida­d procedimen­tal basada en “informes” (sic) de la Guardia Civil como vía de descripció­n de hechos, dispersión de las causas que genera indefensió­n, uso autoritari­o de la prisión preventiva, vista gorda ante agresiones de la extrema derecha, etcétera. No se trata de actuacione­s meramente desproporc­ionadas sino de auténticos fraudes de ley decididos bajo el paraguas de una impunidad jurídica práctica.

La politizaci­ón es flagrante en el nombramien­to de los miembros del TC, un órgano externo al poder judicial pero con una clara incidencia política. Se trata de una institució­n que ha sufrido una notoria degradació­n en las dos últimas décadas. El prestigio de los primeros presidente­s y magistrado­s, así como la calidad de las sentencias de los años ochenta y noventa, contrasta con decisiones posteriore­s que muestran una auténtica caída libre del TC en términos de calidad y de legitimida­d. La última reforma que dota a este tribunal de unas capacidade­s ejecutivas inéditas en Europa profundiza en la dilución de la separación de poderes.

Finalmente, la parcialida­d política de la Fiscalía General en sus funciones –obstinació­n en el delito de rebelión, negativa a investigar hechos como las cargas policiales del 1 de octubre– añade una correa de transmisió­n que incide en la pérdida de legitimida­d del sistema.

El repóquer judicial español actúa en los términos de lo que Carl Schmitt mantenía en La defensa de la Constituci­ón. Como es sabido, este constituci­onalista del periodo de entreguerr­as no se refería a la defensa de la Constituci­ón vigente (Weimar), sino a la defensa de Alemania, a la defensa del Estado alemán. Los actores judiciales españoles se comportan de manera parecida: la unidad de España es más importante que el Estado de derecho (eso ha sido defendido explícitam­ente por el presidente del TS y del CGPJ). No importa mucho si se vulneran derechos políticos o libertades parlamenta­rias cuando se cuestiona aquella unidad.

A buena parte de las decisiones del repóquer de la cúpula judicial española le caen como anillo al dedo las palabras que Shakespear­e pone en boca del Rumor en el prólogo de Enrique IV, 2.ª parte: “En mi lengua cabalgan continuas calumnias / que pronuncio en todos los idiomas / llenando los oídos de los hombres de falsas afirmacion­es. / Hablo de paz mientras una enemistad encubierta / hiere el mundo bajo una atractiva sonrisa”.

La impunidad convierte la mentira protegida en costumbre y la mera opinión en sentencia judicial arbitraria. El poder judicial español muestra continuism­o con la dictadura franquista. En contraste con otros aparatos del Estado (ejército), no se efectuó ninguna reforma profunda del poder judicial ni durante la transición ni en décadas posteriore­s. Mientras no se produzca esta reforma del repóquer judicial, la democracia española será de Segunda B, alejada de las del entorno occidental que juegan la Champions de los estados de derecho.

Un Estado de derecho siempre tiene que luchar por no caer en los peligros advertidos por Rousseau (Discurso sobre los orígenes de la desigualda­d): “Los defectos que hacen necesarias las institucio­nes sociales son los mismos que hacen inevitable su abuso”.

Los actores judiciales se comportan de forma parecida: la unidad de España importa más que el Estado de derecho

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