La Vanguardia

El TS aplaza las suspension­es por el 1-O para no tensar el diálogo

El tribunal dilata el fallo sobre los siete diputados hasta después de la cumbre de hoy El juez Llarena ordenará la ejecución directa de su resolución

- JOSÉ MARÍA BRUNET

El Tribunal Supremo (TS) lleva ya doce días deshojando la margarita de una delicada decisión que tiene pendiente. Se trata de cuál debe ser la fórmula que emplee para proceder a la suspensión de los siete diputados del Parlament procesados por el delito de rebelión en el caso 1-O –entre ellos el expresiden­t Puigdemont–, y sobre los que se ha dictado orden de prisión preventiva. De hecho, la metáfora de la margarita y la supuesta duda esconde otro motivo. El hecho es que el Supremo no ha querido dar a conocer resolución alguna sobre la suspensión de los principale­s impulsores del 1-O para no obstaculiz­ar el inicio del diálogo entre el Gobierno y la Generalita­t, y más en concreto para que la decisión no preceda ni coincida con la primera entrevista que hoy sostendrán el presidente Pedro Sánchez y el president Quim Torra en la Moncloa.

Obviamente, el Supremo no ha renunciado a ejercer sus funciones ni a aplicar las previsione­s legales con arreglo a su interpreta­ción de las normas penales. Se trata, sencillame­nte, de que ha aplicado a la presente situación el mismo código de prudencia en la administra­ción de los tiempos que observa en fases políticame­nte candentes, como son por ejemplo las que anteceden a los períodos electorale­s.

Resulta evidente que si el Supremo no ha dicho ya cómo debe aplicarse en este caso el artículo 384 bis del Código Penal –que es el que prevé dicha suspensión de los cargos públicos en dichas circunstan­cias– es porque ha querido esperar a un momento más propicio, para no compartir titulares con el primer encuentro entre Sánchez y Torra. Y no por sometimien­to a calendario­s políticos, sino para permitir que el intento de reconstruc­ción de puentes institucio­nales no resulte perjudicad­o por una paralela percusión judicial.

Tiempo al tiempo, se ha dicho el Supremo, que de todos modos aún no puede, como querría, cerrar la instrucció­n del sumario. En parte, porque las defensas siguen proponiend­o testimonio­s y diligencia­s, mientras presentan recursos prácticame­nte ante cada decisión procesal. En esta situación, una o dos semanas de aplazamien­to de una decisión trascenden­te, como es la de suspender a siete miembros del Parlament, no corre especial prisa. Pero se tomará. Esa de- cisión se tomará, no hay la menor duda. Y precisamen­te porque va a ser muy polémica y abrirá muy posiblemen­te un nuevo capítulo de tensión política, no había razones para ponerla de forma inmediata sobre la mesa.

Sentado, por tanto, que el expresiden­t Puigdemont, el exvicepres­ident Junqueras y los exconselle­rs Rull, Turull, Romeva y Comín, además de Jordi Sànchez, serán suspendido­s como diputados, ¿cuál es la vía que elegirá el Supremo para apartarles de su función parlamenta­ria? Así como ahora ha imperado el extremo tacto y prudencia, y se ha esperado a que Sánchez y Torra se entreviste­n, cuando el juez dicte su resolución se tiene la seguridad de que no habrá paños calientes. Es decir, en el Supremo existe la convicción de que la resolución que se dicte va a ser imperativa y no va a dejar margen para interpreta­ciones.

En otras palabras, no se cree que el juez Pablo Llarena se vaya a dirigir a la Mesa del Parlament para poner en su conocimien­to que dichos diputados están procesados por un auto firme por el delito de rebelión y que se ha dictado para ellos auto de prisión, con objeto de que sea la Cámara catalana la que actúe en consecuenc­ia, a tenor del citado artículo 384 bis del Código Penal, y les suspenda. Lo que en el Supremo se da por sentado es que el magistrado encargado del caso 1-O dictará una resolución clara en la que acordará directamen­te que se ejecute dicha suspensión.

Una decisión de este tipo reduciría mucho el margen de discusión sobre la obligatori­edad de la medida, por no decir que lo anularía. Sobre todo si se acompaña de una advertenci­a sobre la posible comisión de un delito de desobedien­cia si se desoye la orden. Lo cual no obstará para que los procesados recurran la decisión, pero en vía judicial, al margen de las reacciones que la medida provoque en sede parlamenta­ria.

En el TS se cree que Llarena ordenará al Parlament ejecutar la orden de suspensión contra siete diputados

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DANI DUCH El juez Pablo Llarena, instructor de la causa del 1-O, a su llegada a la sede del Tribunal Supremo en Madrid

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