El Supremo aclara que hay que acreditar pérdidas para no pagar la plusvalía
El Tribunal Supremo ha aclarado que, para no pagar el impuesto de plusvalía municipal, hay que demostrar de manera fehaciente que en el momento de la venta o donación de un inmueble, éste ha perdido valor. Dos sentencias del Tribunal Constitucional de mediados del 2017 tumbaron, primero, la regulación de este tributo en Álava y Guipúzcoa, y, después, la del resto de España, por considerar que la normativa obligaba a pagar impuestos hasta cuando no había un incremento real del valor del bien.
En este último año distintos tribunales han aprovechado los pronunciamientos del Constitucional para abrir la puerta a la devolución de este impuesto que aporta a los municipios más de 2.000 millones de euros al año. Incluso en casos en los que el precio del inmueble había aumentado.
Ahora, el fallo de la Sala Tercera del Alto Tribunal da la razón al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, al denegar al BBVA la devolución de la plusvalía que pagó por la venta de unos terrenos de naturaleza urbana porque consideró que no había demostrado la ausencia de ganancias en la operación. Según una nota del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Tribunal Supremo puntualiza que corresponde al contribuyente “probar la inexistencia de incremento de valor del terreno onerosamente transmitido”, por ejemplo, con la diferencia que se refleja en las escrituras públicas entre el valor de adquisición y el de transmisión. Finalmente, el Tribunal Supremo señala que, una vez aportada esta información, para poder cobrar la plusvalía, el Ayuntamiento ha de demostrar que ha habido ganancia.
En su momento, el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, se comprometió con la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) a cambiar los artículos considerados inconstitucionales de la ley Reguladora de las Haciendas Locales, para evitar la litigiosidad y el vacío legal. A principios de este año, Hacienda ya contaba con una propuesta negociada con los ayuntamientos.
El cambio normativo inició su tramitación parlamentaria hace meses, pero aún no ha sido definitivamente aprobado. El texto –diseñado por el equipo de Montoro– prevé que para que el contribuyente esté exento de pagar la plusvalía deberá presentar como prueba las escrituras de la compraventa o del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.