El Supremo cree inaceptable juzgar al expresident sólo por malversación
Llarena puede renunciar a la entrega, aunque se ha abierto un intenso debate
En el Tribunal Supremo (TS) no se considera aceptable juzgar al expresident Puigdemont sólo por el delito de malversación. El Tribunal de Schleswig-Holstein ha aceptado con esta limitación la entrega pedida por el juez encargado del caso 1-O, Pablo Llarena. Pero es poco probable que el magistrado la acepte sin más. En el Supremo siempre ha predominado el criterio de que tendría poco sentido juzgar a los exmiembros del Govern por rebelión y acusar, en cambio, de otro delito de menor entidad a quien lo presidió.
No obstante, la decisión no se ha tomado y el debate está abierto. Le corresponde a Llarena decidir. Pero seguramente no lo hará sin atender a los términos de la discusión jurídica generada. En el propio Supremo hay opiniones en el sentido de que habría que aceptar la entrega de Puigdemont por el delito de malversación, aunque lo más procedente hubiera sido –se añade en dichos sectores– que Alemania hubiera entregado al expresident con arreglo a la solicitud formulada. Es decir, también por rebelión.
Según estas opiniones, siempre será mejor juzgar al expresident con limitaciones que renunciar a hacerlo. En el ámbito jurídico general, las valoraciones se entremezclan rápidamente con las especulaciones políticas. Un Puigdemont no acusado de rebelión podría ser rápidamente propuesto de nuevo para asumir la presidencia de la Generalitat. ¿O acaso quedaría en una larga situación de prisión incondicional, sin poder acudir a la Cámara catalana? Incluso así, se reabriría el debate sobre la posibilidad de desplazarse con un permiso especial al Parlament para una nueva sesión de investidura.
Con el gobierno anterior, es seguro que se habrían puesto en marcha todos los mecanismos posibles para evitar una situación de este tipo. De hecho, ya sucedió. Hay quien piensa que la querella presentada en su día por la Fiscalía General del Estado contempló desde el principio el delito de rebelión precisamente porque dificultaba la vuelta a la vida pública de los acusados en el caso 1-O.
Pero ahora las prioridades del nuevo Ejecutivo son distintas. Por ello la decisión que adopte el Supremo sobre la admisión o no de la entrega de Puigdemont sólo por el delito de malversación puede tener muchas implicaciones y consecuencias.
Si el Supremo rechaza la entrega, en España seguirá vigente la orden de detención del expresident por todos los delitos contemplados como posibles por la Fiscalía, el de rebelión incluida. Puigdemont quedaría liberado de tales acusaciones mientras siguiera en Alemania, pero se alejaría indefinidamente la perspectiva de un posible regreso sin consecuencias penales. Si se produce la entrega por malversación, el riesgo obvio –aparte del periodo que estuviera en prisión provisional– lo tendría a medio plazo, ya que la condena puede alcanzar los 8 años de prisión, y hasta 12 en casos de especial gravedad, como delito continuado, aparte de la pena de inhabilitación absoluta de 10 a 20 años.
En todo caso, en el Supremo la decisión de la justicia alemana ha provocado una profunda decepción. La resolución se esperaba, vistos los pronunciamientos anteriores de Schleswig-Holstein. Pero la nueva comprobación de que los jueces alemanes han entrado en consideraciones sobre la mayor o menor entidad de la violencia registrada con ocasión del referéndum del 1-O y su capacidad de alterar o no el orden constitucional, ha sido recibida en el Supremo como contraria a los principios sobre los que se asienta el mecanismo de la euroorden, basado en la confianza mutua entre países democráticos en los que la tutela judicial efectiva de los ciudadanos se considera garantizada.
En este sentido, el Supremo encajó ayer la decisión alemana como un duro golpe a sus tesis, pero también a la cooperación judicial europea, por el precedente que supone. No es de descartar que esa frustración se refleje en alguna resolución próxima. Ya sucedió algo así ante la primera decisión denegatoria, respondida desde la Sala de Apelaciones con un auto en el que al rechazar la petición de libertad del expresidente de la ANC, Jordi Sànchez, se censuraba la actitud del Tribunal de Schleswig-Holstein.
En aquella ocasión, dicha Sala criticó que los jueces alemanes hubieran comparado los hechos ocurridos en Catalunya en torno al 1-O con las protestas registradas en su día contra la ampliación del aeropuerto de Frankfurt. El Supremo reaccionó ayer con la misma incredulidad al ver que la nueva resolución sigue sin tomar en consideración que el proceso soberanista no supuso una protesta contra alguna infraestructura, sino un conjunto de acciones que –según se decía en la resolución mencionada– “incuestionablemente violentaban los principios del sistema político y jurídico que se plasma en la Constitución”.