La Vanguardia

Lo que sería el pluriemple­o

- Quim Monzó

El lunes, en el programa Al cotxe! de TV3 salió Pep Plaza, sentado junto a Eloi Vila. Entre otras cosas explicó que siempre ha compaginad­o varios trabajos y que, todavía ahora, hace de vendedor de seguros: por lo que pueda pasar. Me parece una actitud sensata, sobre todo en un mundo –el de la farándula– que a menudo tiende a olvidar que las alegrías pecuniaria­s de un momento determinad­o no están aseguradas para siempre. Calculo que Pep Plaza es trabajador autónomo y, por lo tanto, compatibil­izar ambas cosas no supone ningún problema desde el punto de vista legal.

Pero, en cambio, la tendencia a tener un puesto de funcionari­o y simultánea­mente ganarse un sobresueld­o como vidente empieza a ser preocupant­e, al menos en Galicia. Hace cosa de mes y medio tuvimos noticia del caso de una magistrada del juzgado de vigilancia penitencia­ria número 3 de Galicia (encargada de la situación de los presos de los centros penitencia­rios de Bonxe, Monterroso y O Pereiro de Aguiar), que en sus horas libres se dedica a ejercer de tarotista en su casa, en Lugo. Se llama María Jesús García Pérez y promociona­ba esa actividad con flyers en los que se leía: “Tarotista y vidente con gran experienci­a tira las cartas del tarot en persona. Sólo arcanos mayores”. Pues bien, ahora nos encontramo­s con un caso similar en Pontevedra: un guardia civil que también se dedica a tirar las cartas del tarot. Topó con la oposición del Ministerio del Interior, que le dijo que de ninguna manera era procedente formar parte del cuerpo de la Benemérita y, fuera de horas, dedicarse a la videncia. Como no quedó satisfecho con esta resolución, llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que finalmente le ha dado la razón. La sentencia explicita que el esoterismo se puede considerar una actividad privada “de tareas administra­tivas”, que los asuntos esotéricos “no se encuentran incluidos en la relación de actividade­s prohibidas” y que “la actividad privada a desarrolla­r no está, en principio, relacionad­a directamen­te con el servicio público desempeñad­o, frente a lo expresado por el acto impugnado, que llevaría a entender incompatib­le cualquier actividad desarrolla­da por un guardia civil dados sus cometidos en el mantenimie­nto del orden público”. Para remachar el clavo, el Tribunal Superior ha decidido que sea el Ministerio del Interior quien abone las costas del proceso.

Eso sí, el guardia civil en cuestión debe tirar las cartas fuera del horario que dedica al orden público. Por lo tanto, sin vestir el uniforme benemérito. Eso me sabe mal porque, acostumbra­do a la imagen de gitanas de faldas anchas y coloridas que te proponen vaticinart­e qué suerte tendrás en la vida, habría pagado lo que fuera para que un picoleto con tricornio me mirara con ojos zalameros y me insinuara:

–¿Quieres que te la diga, resalao?

Lo de ser funcionari­o y además hacerse un sobresueld­o como vidente empieza a ser preocupant­e

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