El quinto crimen machista de julio eleva a 22 los asesinatos desde enero
La Delegación del Gobierno para la Violencia de Género confirmó ayer que la muerte de una mujer en A Coruña la tarde del miércoles, cuyo marido confesó en una llamada telefónica que había sido él quien la había matado, es un crimen machista. Con esta nueva víctima, son ya 22 las mujeres que han sido asesinadas en lo que va de año por sus parejas o exparejas, que se han cobrado también la vida de un menor y han dejado huérfanos a otros catorce.
A pesar de que desde primera hora la policía activó el protocolo de violencia machista, fuentes próximas a la investigación aseguraban que no se descartaban otras opciones, como las del suicidio asistido, ya que la mujer sufría una enfermedad grave. La muerte se produjo por un arma blanca y fuentes cercanas a la investigación han confirmado que en el domicilio no se encontraron otros signos de violencia.
Según datos del Ministerio de Igualdad, este mes de julio cinco mujeres han muerto a manos de sus parejas o exparejas, igualando la cifra total de muertas a lo largo del mes de junio, hasta la fecha el más trágico de este año.
Por su parte, ayer el Parlamento de Andalucía aprobó la reforma de la Ley de medidas de prevención y protección integral contra la Violencia de Género, que amplía el concepto de víctima e incluye la tipificación de las diferentes formas de agresiones contra las mujeres, además de reforzar su protección sin necesidad previa de interposición de denuncia.
La principal novedad es la ampliación del concepto de víctima de violencia de género, ya que además de a los menores incluye a otros colectivos como personas mayores, con discapacidad o dependientes que estén sujetas a la tutela, guardia o custodia de la mujer víctima y que convivan en el entorno violento. Especifica los distintos actos de agresión y maltrato atendiendo a su modus operandi y al perjuicio causado, más allá de la actual referencia genérica a las formas de la violencia (física, psicológica, económica y sexual). Así, tienen consideración de actos de violencia de género los que se producen en el ámbito de la pareja o expareja, con independencia de que exista o no convivencia; el feminicidio; las agresiones y abusos sexuales; el acoso sexual; el acoso por razón de sexo, la trata de mujeres y niñas, la explotación sexual o la mutilación genital femenina. También incluye la ciberviolencia, así como cualquier otra que lesione la dignidad, la integridad o la libertad de las víctimas.