La Vanguardia

Aforados, un beneficio en cuestión

En España unas 250.000 personas gozan de prerrogati­vas judiciales

- BARCELONA Redacción

La propuesta lanzada por el presidente del Gobierno para reducir el número de personas que se benefician del régimen de aforados fue poco concreta. Sin embargo, y a tenor de lo que dijo la ministra de Justicia el pasado miércoles en el Congreso cuando fue interpelad­a por Ciudadanos, cabe concluir que la liquidació­n del aforamient­o que propone el Gobierno tendría a priori unos efectos muy limitados.

¿Quién es un aforado? Es un ciudadano que no puede ser juzgado por un tribunal ordinario y cuyo procesamie­nto, por ejemplo en el caso de diputados y senadores, requiere el visto bueno previo de las Cortes. En España hay unos 250.000 ciudadanos aforados con mayor o menor grado de protección. Los que disfrutan de mayores garantías son cargos públicos –diputados, senadores y diputados autonómico­s– jueces y por supuesto los miembros de la familia Real.

¿Por qué existen los aforados? Es una figura común en algunos países pero, en general, no beneficia a tantos cargos públicos como ocurre en España. En Italia y Portugal sólo están aforados los presidente­s. En Francia lo están el primer ministro y todos los miembros de su gabinete. En Alemania no existe esta figura. El aforamient­o en España está instituido en la Constituci­ón y en los estatutos de autonomía (Murcia es la única región que ha renunciado). Su finalidad es proteger de las acciones judiciales que puedan limitar su capacidad a representa­ntes de la soberanía popular. En definitiva el aforamient­o protege a los miembros del poder ejecutivo y el legislativ­o ante el poder judicial.

¿Cuántos aforados hay en España? Existen unos 2.000 aforados de carácter político entre los que están el jefe del Estado, los miembros del Ejecutivo y el legislativ­o, en total unos 600 a los que hay que sumar los aforados de los ejecutivos y legislativ­os autonómico­s. A ellos se suman otros 15.000 aforados del poder judicial que gozan de un nivel de protección judicial menor que el de los políticos. Y por último las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que cuentan con un nivel de protección judicial inferior. La ministra de Justicia no entró en detalles sobre quienes podrían perder el aforamient­o pero cifró la reducción en unas 15.000 personas.

¿Qué se quiere cambiar? Se quiere eliminar el aforamient­o de los cargos públicos (gobierno, diputados, senadores) en aquellas causas que no guarden relación directa con sui desempeño como representa­ntes de la soberanía. Además de modificar la Constituci­ón se tendrán que modificar otras leyes para determinar el alcance del aforamient­o de jueces y otros servidores públicos.

¿Porqué se ha de reformar la Constituci­ón? Porque la Constituci­ón incluye en el apartado 1 del artículo 102 el aforamient­o del Presidente del Gobierno y de todos los miembros de su gabinete. La protección especial de los diputados procede de su inmunidad consagrada en el artículo 71 de la Constituci­ón y a partir de este artículo se establece el aforamient­o reconocido en el reglamento del Congreso entre otras normas. Para modificar por la vía exprés la Constituci­ón se requiere la aprobación de las tres quintas partes del Congreso y del Senado (donde el Partido Popular tiene mayoría absoluta). Si se produce la reforma, una décima parte de los diputados pueden pedir un referéndum.

 ?? EMILIA GUTIÉRREZ ?? El pleno del Congreso de los Diputados
EMILIA GUTIÉRREZ El pleno del Congreso de los Diputados

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain