El TSJC investiga al conseller Buch por el 1-O
Los exlíderes de la AMI y la ACM, citados por promover el referéndum entre los alcaldes
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha citado a declarar como investigados al actual conseller de Interior, Miquel Buch, y a la alcaldesa de Vilanova i la Geltrú, Neus Lloveras, por una presunta desobediencia cometida al impulsar el referéndum del 1 de octubre desde sus cargos en asociaciones municipalistas.
Buch y Lloveras deberán comparecer el próximo 6 de noviembre, según ha decidido el magistrado instructor de la causa, Jordi Seguí. Las citaciones son consecuencia de la querella presentada por la Fiscalía contra ambos antes del 1-O. En aquel momento Buch era alcalde de Premià de Mar y presidente de la Associació Catalana de Municipis (ACM), mientras que Lloveras, además de estar al frente del Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú, era en aquel momento diputada en el Parlament y también presidenta de la Associació de Municipis per la Independència (AMI). Ambos abandonaron sus responsabilidades de las asociaciones municipalistas.
La querella de la Fiscalía se sustenta en dos correos electrónicos firmados por ambos y remitidos a los alcaldes de sus asociaciones. El primero es de fecha de 6 de septiembre del 2017, y en él se indica que el Parlament había aprobado la ley del Referéndum y que el Govern había convocado las votaciones para el 1 de octubre. Luego preguntaban a los ediles si los locales donde se instalarían las mesas serían las mismas que en otras convocatorias electorales o si querían indicar algún cambio, para luego solicitar que, a la mayor brevedad posible, respondieran dando su visto bueno con la siguiente fórmula: “Nos damos por enterados y confirmamos la disponibilidad”. Asimismo, en el mismo e-mail se adjuntaba un modelo de decreto de alcaldía para mostrar el apoyo político al referéndum.
El 12 de septiembre del 2017, según el relato de la Fiscalía, enviaron otro correo a los alcaldes en el que les remitían dos modelos de carteles, uno para fomentar la participación y otro elaborado por la AMI en el que se pedía el voto afirmativo, con la precisión de que no se podían utilizar hasta el jueves día 24, que era cuando se debía iniciar la campaña electoral. Hay un tercer mensaje, sólo de Lloveras, en el que se trasmite a los alcaldes, el 10 de septiembre, un informe jurídico sobre posibles consecuencias penales de la convocatoria. El ministerio público hace hincapié en que tales iniciativas se tomaron a sabiendas de que el referéndum había sido prohibido por el Tribunal Constitucional.
En principio, la querella de la Fiscalía se interpuso por los presuntos delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y desobediencia, si bien el TSJC descartó los dos primeros y circunscribió la causa al tercero, la desobediencia.
A pesar de que la querella fue admitida a trámite el 18 de septiembre del 2017, el proceso ha sido largo, debido a que, cuando el Tribunal Supremo asumió la causa por rebelión contra los líderes independentistas, el TSJC le remitió la investigación sobre Buch y Lloveras, para evitar “resoluciones contradictorias” y posibilitar “la investigación y enjuiciamiento conjunto” del caso relativo al referéndum. Sin embargo, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, el magistrado Pablo Llarena rechazó incluir en su causa estas diligencias, que viajaron de nuevo al TSJC.
El exalcalde de Premià y Lloveras, que dirigía la AMI, comparecerán el 6 de noviembre por presunta desobediencia