La Vanguardia

Los temas del día

-

La decisión del Supremo de suspender la sentencia sobre las hipotecas, y la reunión de Pablo Iglesias y Oriol Junqueras en la prisión de Lledoners.

EL Tribunal Supremo, en una decisión inédita, se ha visto obligado a anunciar que revisará la sentencia mediante la cual obliga a las entidades financiera­s, y no a los clientes, a pagar el impuesto sobre actos jurídicos documentad­os en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecari­a. El lío económico y jurídico que ha generado dicha sentencia, que a su vez rectificab­a otra anterior en sentido contrario, ha llevado al Alto Tribunal a convocar un pleno formado por 31 miembros para confirmar, anular o ampliar el fallo.

La citada sentencia establece únicamente que deben ser las entidades financiera­s, bancos, cajas de ahorros o cooperativ­as de crédito las que paguen el impuesto sobre actos jurídicos documentad­os, pero no determina nada más. Al margen de la polémica que genera la decisión en sí misma, el Tribunal Supremo no determina si debe tener o no efectos retroactiv­os y, además, tampoco aclara si la filosofía de sus argumentos debe extenderse también a todos los demás gastos de constituci­ón de las hipotecas que también pagan actualment­e los clientes.

Numerosos abogados interpreta­n que la sentencia tiene efectos retroactiv­os que van más allá de los cuatro años anteriores, ya que no prescribe. En este sentido consideran que afecta a la totalidad de las hipotecas vivas, ya que se ha anulado el texto legal anterior, que ya no existe, y ha sido sustituido por el nuevo. Además también consideran que el mismo argumento del Tribunal Supremo justifica también que los bancos deban hacerse cargo de la totalidad de los gastos de constituci­ón de las hipotecas, desde la notaría al registro de la propiedad o la tasación del inmueble.

El Tribunal Supremo, vistas las implicacio­nes económicas y sociales que ha abierto su resolución, haría bien en determinar, a partir de ahora, el alcance concreto que debe tener la misma para que todo el sistema jurídico, las administra­ciones públicas, los bancos y los clientes sepan a qué atenerse. Hay que tener en cuenta que, a partir de dicha sentencia, los tribunales ordinarios de justicia pueden verse colapsados por un alud de demandas contra la banca. La cantidad de dinero que pueden aspirar a recuperar los clientes –del orden de los 2.000 euros de media– es lo suficiente­mente importante como para justificar los gastos que comportarí­a la reclamació­n judicial correspond­iente. Si se tiene en cuenta que hay 5,4 millones de hipotecas vivas, y por tanto susceptibl­es de reclamació­n, el quebranto para la banca podría multiplica­rse hasta los 11.000 millones de euros y tendría graves consecuenc­ias económicas.

A diferencia del contencios­o sobre las cláusulas suelo, donde las entidad es financiera s ejercían una clara posición de abuso dominante sobre el cliente, y así lo dictaminóe­l Supremo en su día, en el caso que nos ocupa no hay tal cosa, sino tan sólo un cambio radical de la jurisprude­ncia que trastoca las normas legales que se seguían hasta ahora y que las entidades financiera­s se limitaban a cumplir. En un mercado tan importante como es el hipotecari­o cambiar las reglas de juego con efectos retroactiv­os crea una enorme insegurida­d jurídica, no sólo en el sistema financiero sino en el propio sistema económico del país.

El desbarajus­te que se ha organizado a raíz de la sentencia sobre el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentad­os que comportan las hipotecas no sólo crea problemas económicos, jurídicos y sociales sino que también ha supuesto un serio desprestig­io para el propio Tribunal Supremo. El pleno de esta institució­n deberá despejar, pues, las incertidum­bres que se han generado y restablece­r la seguridad jurídica, lo que no es tarea fácil.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain