Las mujeres de 1,55 cm de altura podrán ser soldados
El Ministerio de Defensa ha modificado la altura mínima requerida en las convocatorias para el acceso a las diferentes Escalas y Cuerpos de las Fuerzas Armadas, y la ha fijado en 160 centímetros para los hombres y en 155 centímetros para las mujeres. También ha unificado la política de tatuajes para ambos sexos.
Con esta decisión se busca evitar la discriminación que se produce al fijar las mismas alturas para mujeres y hombres, al ser distinta la estatura media dependiendo del sexo. La estatura mínima común establecida hasta ahora bloqueaba el acceso al 45% de las mujeres españolas.
Además, se han igualado los requisitos de talla mínima en todos los procesos de selección, independientemente de a qué escala se acceda, o de si se ingresa mediante acceso directo o por promoción.
Con estos cambios, Defensa pretende mantener unas tallas similares a las de los países próximos, que permitan obtener la calidad física necesaria para cumplir con las exigencias operativas de las Fuerzas Armadas españolas.
La decisión recoge así una petición de la Comisión de Defensa del Congreso que responde a la idea de que hay que suprimir este tipo de barreras.
En cuanto a los tatuajes, el Ministerio ha unificado los criterios, prohibiendo tatuajes o alteraciones similares “que sean visibles vistiendo las prendas comunes para el personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas”.
Es decir, las mujeres podrán tener tatuajes que no sean visibles con el uniforme de pantalón, aunque lo sean con el de falda. Así se evitan casos como el de una participante rechazada en unas pruebas de selección por lucir un tatuaje en el empeine.