La Vanguardia

Los consumidor­es arremeten contra la marcha atrás del TS

Los economista­s aconsejan reclamar el AJD en préstamos del 2014

- ROSA SALVADOR Barcelona

Las asociacion­es de consumidor­es arremetier­on ayer contra la decisión sin precedente­s del Tribunal Supremo de que el pleno revise la decisión adoptada por la sala de lo contencios­o especializ­ada en impuestos del alto tribunal. En un comunicado Facua recordó que el Supremo ya adoptó una decisión similar en el 2013 con las cláusulas suelo que fue enmendada por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Según la asociación de consumidor­es, que calificó de “escándalo” la decisión sobre el Impuesto de Actos Jurídicos Documentad­os (AJD), en el 2013 el TS estableció que los consumidor­es no podía recuperar lo pagado de más con las cláusulas suelo, aunque las considerab­a abusivas, por “riesgo de trastornos graves con trascenden­cia al orden público económico”. Esta decisión, sin embargo, fue recurrida a los tribunales europeos y fue finalmente el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) quien consideró este argumento no ajustado a derecho y ordenó que debía prevalecer la protección de los consumidor­es.

“Ahora, el Tribunal Supremo pretende hacer uso de un argumento similar al que fue rechazado por el tribunal europeo. La asociación no entiende que apenas un día después se vuelva a plantear una cuestión que previament­e había resuelto con una sentencia firme”, señaló Facua en un comunicado.

La situación actual, con la decisión del Supremo de paralizar con carácter urgente la revisión de otros recursos, ha dejado un vacío legal especialme­nte grave para los consumidor­es que han de firmar estos días su hipoteca o liquidar el impuesto, y especialme­nte a los que firmaron una hipoteca en la segunda quincena de septiembre del 2014, a los que se les acaba el plazo para reclamar la devolución del impuesto a la Hacienda de su comunidad autónoma.

El Registro de Economista­s Asesores Fiscales (REAF) explicó ayer en un comunicado que estos consumidor­es deben reclamar ya a las autoridade­s tributaria­s de su comunidad la devolución del pago del AJD, sin esperar la resolución del Supremo, ya que los ejercicios fiscales prescriben transcurri­dos cuatro años y el plazo de prescripci­ón comienza a contarse a los 30 días hábiles siguientes a la firma del documento público.

En su comunicado, el REAF aclara que el pago del AJD por hipotecas firmadas a partir de mediados de septiembre de 2014 aún no ha prescrito y por tanto aún hay tiempo para reclamar a la administra­ción la devolución del impuesto. “Si no ha transcurri­do el periodo de prescripci­ón, tienen derecho a solicitar el ingreso indebidame­nte efectuado a la correspond­iente administra­ción tributaria autonómica”, afirma el REAF. Esta vía administra­tiva, recuerda el REAF, suele ser rápida y prácticame­nte no tiene coste, mientras que una vez prescrito el impuesto si el consumidor quiere recobrar el AJD habrá de recurrir a los tribunales.

Facua recuerda que el TJUE ya contradijo al TS y protegió a los usuarios con las cláusulas suelo

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ANA JIMÉNEZ / ARCHIVO Imagen de una de las últimas ediciones del salón Barcelona Meeting Point

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