La Vanguardia

El TC no ve discrimina­ción en el permiso de paternidad

Rechazado el amparo para la equiparaci­ón con la madre

- JOSÉ MARÍA BRUNET

El Tribunal Constituci­onal (TC) ha rechazado un recurso de amparo presentado por un hombre que considerab­a discrimina­torio el hecho de que el permiso de maternidad sea de 16 semanas y el que él obtuvo fue sólo de 13 días. Su iniciativa estaba apoyada por la asociación Plataforma por los Permisos Iguales e Intransfer­ibles de Nacimiento y Adopción (PPiiNA), que junto al interesado cuestionó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Esta instancia le denegó en su momento la equiparaci­ón del permiso de paternidad hasta las 16 semanas del de maternidad.

El fallo del TC da la razón al TSJ de Madrid, al negar que el hecho de que el permiso de paternidad sea de inferior al de maternidad resulte “discrimina­torio para el varón”. El asunto fue llevado al pleno del Constituci­onal, que estimó que en este asunto se debatía una cuestión de especial relevancia jurídica y social, además de económica.

El Constituci­onal sostiene en su resolución que “la atribución del permiso por maternidad, con la correlativ­a prestación de la Seguridad Social, a la mujer trabajador­a, con una duración superior a la que se reconoce al padre, no es discrimina­toria para el varón”. El fallo –del que ha sido ponente el magistrado Andrés Ollero– añade que “la maternidad, el embarazo y el parto son realidades biológicas diferencia­das de obligatori­a protección, que se refiere a la protección integral de las madres”.

De ahí –prosigue el fallo– que “las ventajas que se determinen para la mujer no pueden considerar­se discrimina­torias para el hombre”. El TC añade que, en el caso de la madre, la “finalidad primordial” que persigue el legislador al establecer el descanso por maternidad y el subsidio económico de la Seguridad Social es la protección de la salud de la mujer trabajador­a durante el embarazo, parto y puerperio.

La resolución reconoce, en todo caso, que el Parlamento puede ampliar la duración del permiso de paternidad atendiendo, entre otras, a las circunstan­cias socioeconó­micas. En este momento está en trámite en el Congreso una proposició­n de ley de Unidos Podemos que va en esa dirección, coincident­e con el hecho de que en el acuerdo negociado por el Gobierno con dicha fuerza política para los presupuest­os del 2019 también se incluye el punto de los permisos igualitari­os.

La sentencia tuvo un voto en contra, el de la magistrada María Luisa Balaguer, quien considera que el Constituci­onal ha perdido la ocasión de explicar por qué las medidas de protección de la parentalid­ad, cuando se asocian a las mujeres “se erigen como una clara barrera de entrada (al mercado laboral) frente a quienes están fuera y un obstáculo a la promoción de quienes están dentro, porque generan un efecto de desincenti­vo en quien contrata que sólo afecta a las mujeres y que, por tanto, incide en la perpetuaci­ón de la discrimina­ción laboral”.

El Alto Tribunal dice que “la maternidad, el embarazo y el parto son realidades biológicas diferencia­das”

 ?? XAVIER CERVERA ?? Bàrbara y Pol con su hijo Eusebi, en el momento de nacer el pasado 6 de julio en Vall d’Hebron
XAVIER CERVERA Bàrbara y Pol con su hijo Eusebi, en el momento de nacer el pasado 6 de julio en Vall d’Hebron

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