La Vanguardia

31 jueces buscan pagador

Así será la reunión del pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo del 5 de noviembre

- LALO AGUSTINA

La decisión definitiva sobre quién debe pagar el impuesto sobre los actos jurídicos documentad­os que se genera cada vez que una hipoteca se inscribe en el registro de la propiedad la tomará el pleno de la Sala Tercera del TS el próximo lunes 5 de noviembre. ¿Quién forma parte del pleno? ¿Cómo lo prepararán? ¿Qué discutirán? Y, ¿cuál es el procedimie­nto para dictar sentencia? Estas son las claves para resolver un asunto que tendrá en vilo al país las próximas dos semanas:

LAS SALAS DEL SUPREMO

El Tribunal Supremo es el que se encarga de los recursos de casación en España, esto es, de fijar la doctrina cuando hay sentencias de las audiencias provincial­es o de los tribunales superiores de justicia de las comunidade­s autónomas. Para realizar este trabajo, el Supremo se divide en salas: la de lo Civil, la Primera; Penal, Segunda, Contencios­o-Administra­tivo, Tercera; Social, Cuarta, y Militar, Quinta. La que tratará la cuestión sobre los impuestos de las hipotecas es la Tercera porque la sentencia de la semana pasada enfrentaba a dos administra­ciones: el Ayuntamien­to de Rivas Vaciamadri­d y la Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid.

LA SALA TERCERA

Las salas del Supremo se organizan en secciones para repartirse los asuntos que llegan en casación. En el caso de la Tercera, formada ahora mismo por 31 magistrado­s –hay dos puestos vacantes–, la primera sección se encarga de la admisión de los recursos de casación y queja y de cuestiones de competenci­a. El resto de secciones, están especializ­adas por los distintos asuntos que forman el amplio mundo de lo contencios­o-administra­tivo. La Segunda, que trata sobre impuestos y cualquier asunto relacionad­o con los ingresos de derecho público, es la que falló la semana pasada a favor del Ayuntamien­to de Rivas en tres sentencias similares de las que sólo se hizo pública una de ellas. El impacto de la sentencia –y su efecto potencial sobre cientos de miles o millones de hipotecado­s– llevó al presidente de la Sala Tercera, Luis María Díaz Picazo, decidió el pasado viernes convocar al pleno y estudiar un caso similar para decidir “si el giro jurisprude­ncial” del Supremo en este tema “debe ser o no confirmado”.

EL PLENO

El pleno de la Sala Tercera ya ha sido convocado para el 5 de noviembre. El presidente de la sala escogerá estos días un asunto similar que esté en casación y se lo hará llegar a los 30 magistrado­s que, con él, decidirán si se confirma o no el giro del Supremo en esta materia. Para ello, deberán tener en cuenta toda la jurisprude­ncia existente sobre el tema, incluidas las sentencias de la semana pasada.

LA SENTENCIA

Ya en el pleno, un ponente aún por designar defenderá su propuesta de fallo. En el caso actual, partiendo del asunto escogido para analizar y sentar doctrina sobre la cuestión controvert­ida –quién debe ser el pagador del impuesto–, el ponente propondrá que se confirme lo decidido por la sección tercera o se dé marcha atrás. No hay otra opción en lo que respecta al fondo del asunto: la sentencia deberá determinar con claridad quién es el sujeto pasivo (el pagador del impuesto). Si la propuesta del ponente obtiene la mitad más uno de los votos, habrá sentencia. Si no, se convocará otro pleno y se nombrará un nuevo ponente de entre la mayoría resultante de la votación.

LAS CONSECUENC­IAS

Cuando haya sentencia, uno de los aspectos clave de la misma será que quede perfectame­nte delimitado el alcance de la doctrina establecid­a a partir de ese momento y su retroactiv­idad total o parcial para los impuestos ya pagados. Es decir, en el caso de que se confirme el cambio de criterio, quién puede reclamar a Hacienda la devolución. La mayoría de los expertos creen que la opción más plausible es la de los últimos cuatro años porque son los que entran, por ley, en el plazo para reformular las autoliquid­aciones de impuestos ante Hacienda.

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DANI DUCH Sede del Tribunal Supremo en Madrid

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