Un Supremo dividido aplaza su decisión sobre las hipotecas
El pleno del tribunal vuelve a reunirse hoy
El Tribunal Supremo (TS) no pudo desencallar ayer el debate sobre quién debe pagar los impuestos de las hipotecas. A la Sala de lo Contencioso se le ha atragantado el asunto. En los nuevos casos a debate actúan dos ponentes distintos, Nicolás Maurandi y José Navarro. Tampoco entre ambos existe acuerdo. El primero se abrió a considerar que los prestatarios puedan reclamar la devolución de los impuestos pagados hasta cuatro años atrás. El segundo estima más conveniente dejar abierta la cuestión. Es decir, no entrar en el problema de los efectos derivados de estas tres nuevas sentencias, y limitarse a resolver los casos concretos planteados. Con este fondo, un magistrado definió el clima del pleno con dos adjetivos, al decir que había discurrido “irascible y atormentado”.
En todo caso, los dos creen que la nueva doctrina de la Sala de lo Contencioso tiene que mantenerse. Por tanto, en estos tres casos con los que debe decidirse si se mantiene el acuerdo del pasado 16 de octubre en el sentido de que paguen los bancos, se preservaría este criterio. Pero no habría pronunciamiento alguno sobre si cabe deducir de ello que se puede echar la vista atrás, y admitir reclamaciones. Si luego las hubiera, ya se resolverían. Otros intervinientes consideraron que una salida de este tipo no sería solución alguna, porque sólo aplazaría la solución del problema.
Las propuestas de Maurandi y Navarro son particularmente importantes porque ambos forman parte de la sección de tributos, que es la que ha dado la vuelta como a un calcetín a la doctrina anterior del Supremo, que colocaba siempre a hombros del prestatario el peso de los impuestos de las hipotecas. Pero la hipótesis de dejar abierto el problema de los efectos de las nuevas sentencias tiene pocos adeptos. En parte, porque el propio Supremo es consciente de que se juega su prestigio si en lugar de eliminar incertidumbres las mantiene o las incrementa. Una mayoría de la Sala de lo Contencioso considera que el problema de los efectos derivados de las sentencias es muy complejo, no ya por los intereses concernidos, sino porque cabe una pluralidad amplia de situaciones difícilmente previsibles. La adaptación a la casuística, en suma, puede ser la parte incontrolada de las decisiones que se tomen.
Finalmente asistieron 28 magistrados, de los 31 que componen el pleno. Hubo tres ausencias, debidas a un viaje, a otro compromiso institucional y al hecho, en un caso, de tener parientes afectados en Rivas Vaciamadrid, la localidad recurrente. Prácticamente todos quisieron intervenir. Después de ocho horas de debate, y a la vista de las distintas exposiciones, el presidente de la Sala, Luis Díez Picazo, decidió levantar el pleno y convocar una segunda sesión para hoy a las diez. El compromiso del Supremo es que hoy sí tiene que haber fumata blanca. Pero nadie se atreve a pronosticar cuál será el final de las deliberaciones ni qué decisiones se tomarán.
En este sentido, cuanto ocurrió ayer en el pleno pone de manifiesto que hubiera sido mucho mejor, para el propio Supremo y para una solución más indolora del problema, que esta convocatoria se hubiera producido antes, y no después del cambio de doctrina que ha desatado toda la polémica sobre si los impuestos los tienen que pagar los bancos o los clientes. Más que criterios abiertamente opuestos, hubo criterios dispersos. Es decir, la pluralidad de puntos de vista no se refiere sólo a quién tiene que hacer frente al pago de los impuestos en concepto de actos jurídicos documentados, sino a las cuestiones más dispares, algunas previas a la propia toma de decisiones. El debate de la mañana, por ejemplo, sirvió para discutir hasta la saciedad los límites de las competencias del propio pleno de la Sala de lo Contencioso del tribunal.
El fondo de la cuestión es quién tiene que pagar y qué retroactividad cabe reconocer para la reclamación de lo que se hubiera pagado indebidamente. Pero en el Supremo preocupan también, lógicamente, las cuestiones formales y de procedimiento. Es decir, quién puede tomar esas decisiones, y cómo debe tramitar cada asunto hasta resolverlo.
También por estos motivos hubiera sido mucho mejor que el pleno celebrado ayer hubiera tenido lugar antes de que el cambio de doctrina adoptado por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso –compuesta en ese caso por sólo 6 magistrados– generara una gran polémica en la calle y en el propio Supremo, donde no todo el mundo ha estado de acuerdo con dicha modificación. En parte, porque el hecho es que el TS ha venido respaldando durante años la tesis de que el pago de los impuestos de las hipotecas corresponde a los prestatarios. Un sector importante de la Sala de lo Contencioso sigue pensando que no había por qué modificar este criterio, ya consolidado, y que había sido respaldado también en otros procesos por la Sala Civil del propio Supremo.
FUMATA BLANCA
El compromiso es que hoy sí habrá fumata blanca, pero nadie se atreve a un pronóstico
DISPERSIÓN DE CRITERIOS Más que criterios muy opuestos, hay una gran dispersión de criterios expuestos