La Vanguardia

Sanción por dar el nombre de un supuesto acosador

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó ayer a España en la demanda interpuest­a por un profesor de la Escuela de Arte de León cuya identidad aparecía en una sentencia por acoso laboral a una subordinad­a pese a que no hubo dictamen contra él.

Los jueces europeos considerar­on que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) no tendría por qué haber dado el nombre completo del afectado (sugiere que bastaba con poner sus iniciales) en la sentencia en la que condenó a la Junta a indemnizar a otra enseñante del centro por haber sufrido acoso. El profesor, que no era parte en ese juicio contra la Junta, se enteró por la prensa de que aparecía plenamente identifica­do en varias ocasiones en la sentencia, en la que se daba por sentado que había acosado a su colega. Los hechos se remontan al 2007, cuando una profesora de la Escuela de Arte de León, después de ver rechazado un recurso administra­tivo, denunció al departamen­to de Educación de la Junta de Castilla y León por no haber atendido sus constantes demandas de acoso laboral por parte de un superior.

En la sentencia del TSJCYL, que dio la razón a la demandante, se menciona el nombre completo del docente, que pidió presentars­e como parte en el caso al considerar que se estaba perjudican­do su imagen y que no podía defenderse de las alegacione­s en su contra. El TEDH impone a España el pago al demandante de una indemnizac­ión de 12.000 euros por daños morales, además de 9.268,60 euros por costas judiciales. / Efe

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