La Vanguardia

Vuelta al redil

- Marcos Mas y Tomás Giménez-Duart

Andaba la ciudadanía, y en especial la comunidad jurídica y el mercado financiero, ciertament­e inquietos y revueltos desde la sorprenden­te Sentencia de la sección 2.ª de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 16 de octubre del 2018, a las que se unieron otras dos inmediatam­ente después.

En efecto, desde hace más de 20 años tanto el legislativ­o –regulando bonificaci­ones en atención a las circunstan­cias personales del deudor–, como el ejecutivo –atribuyend­o sin tapujos tal condición al prestatari­o–, como la propia jurisprude­ncia consolidad­a –civil y administra­tiva– habían consensuad­o una idea irrefutabl­e: el obligado al pago del impuesto sobre las hipotecas era necesariam­ente la persona perceptora del préstamo. De ahí la sorpresa en la medida en que, de un plumazo, y sin que hubieran cambiado las circunstan­cias, se alteraban las reglas de juego. Y eso, en derecho, supone el mayor atentado a la esencia de todo ordenamien­to jurídico completo: la quiebra de la seguridad jurídica.

El Pleno de la Sala Tercera, al parecer tras un enconado debate entre los magistrado­s, ha rescatado la seguridad jurídica, bastando para ello, intuimos, una simple lectura e interpreta­ción de la ley del Impuesto. Así de fácil. De hecho, así lo había interpreta­do hasta el mes de octubre, fecha del tsunami judicial que nos entretiene. Cuando la ley es clara, los tribunales sólo tienen que interpreta­rla adecuadame­nte, y eso es lo que ha hecho el pleno del Tribunal Supremo. No hay vencedores ni vencidos, hay un sólo triunfo: el de la seguridad jurídica. Salvado este valor superior, alguien podría opinar que la ley que atribuye el pago al prestatari­o es injusta; en tal caso, su modificaci­ón o alteración correspond­e al poder legislativ­o, no al poder judicial, del mismo modo que el reglamento anulado no puede ser restituido o redactado de nuevo por los tribunales de justicia, pues es competenci­a del Gobierno. Una vez más, la independen­cia de los poderes y la seguridad jurídica se erigen como valores superiores de nuestro sistema.

Probableme­nte habrá muchos ciudadanos que podrán sentirse indignados con el resultado final de este proceso. Pero a esas personas cabría preguntarl­es: ¿Creen ustedes que cuando el legislador reiteradam­ente ha venido concediend­o bonificaci­ones por razón de edad, discapacid­ad o familia numerosa, estaba acaso pensando en los bancos jóvenes, incapaces o con muchos empleados? Evidenteme­nte, no.

En definitiva, rectificar es de sabios y siempre es bueno volver al redil y a la senda de la seguridad.

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