El fallo da aire a las cotizaciones de la banca pero puede afectar a su imagen
Las entidades financieras no esperaban una decisión como la de ayer
La inesperada decisión del pleno del Supremo de ayer tendrá previsiblemente un doble impacto en las entidades financieras: positivo en las cotizaciones de bolsa pero negativo en el lado reputacional. Los analistas esperan que las cotizaciones bursátiles de la banca se recuperan por la eliminación de la incertidumbre y porque tendrá cero impacto en las cuentas.
Ayer mismo, a los pocos minutos de conocerse la sentencia, los futuros del Ibex que anticipan el comportamiento del índice avanzaban 100 puntos (+0,15%). El lado negativo es el posible impacto reputacional que puede tener en el sector la decisión especialmente entre la clientela como ya se vio ayer en las declaraciones de algunos partidos políticos, de los sindicatos o de asociaciones de consumidores y usuarios.
La patronal de bancos y cajas destacó en un escueto comunicado que se “preserva la seguridad jurídica necesaria para el buen funcionamiento” del mercado” y que la decisión “está en línea con el marco jurídico” de los países del entorno.
“Se espera una subida en el mercado de las cotizaciones de la banca para recuperar parte o todas la caídas de los últimos días”, indicó ayer Luis Benguerel, analista de Anatea Gestión. “Quizá incluso alguna entidad podría superar el nivel de cotización previo a la primera sentencia y mejorar su evolución de cara al cierre del año”, añadió.
Desde el 18 de octubre, cuando se conoció la primera sentencia que daba la razón al cliente, la entidad que más ha perdido es Bankia, al bajar un 9%. Por detrás se sitúa Banc Sabadell con un pérdida del 6,66%, CaixaBank (-6,53%), BBVA (-2,69%%) y Santander (1,20%) como se aprecia en el gráfico adjunto.
Fuentes próximas a la banca explicaron que de las posibles decisiones que podía tomar el Supremo, la adoptada es la segunda peor. Obviamente la opción más negativa para el sector era que el impuesto corriera a cargo del banco de manera retroactiva. En ese caso, las agencias tributarias autonómicas podían haber exigido a los bancos el abono del tributo AJD.
La segunda peor de las opciones es la aprobado por pleno del Supremo por el impacto reputacional que significa para el sector. Las fuentes bancarias consultadas indicaron que no se reducirá en el cliente la idea de que las entidades no les tratan adecuadamente aunque sea un impuesto que se paga a Hacienda. El hecho de que algunos partidos políticos como Podemos y sindicatos como CC.OO. se comprometieron ayer a expresar en las calles el malestar por el fallo tampoco ayudará a crear una imagen muy positiva del sector. Y aunque es una decisión adoptada por los jueces, lo cierto es que muchas miradas girarán la vista hacia las entidades.
En cambio si la decisión hubiera sido que a partir de ahora el impuesto lo asume el banco, el impacto para las entidades desde el punto de vista financiera es neutro ya que lo hubieran repercutido a sus clientes y del lado reputacional hubiera sido menos malo. Esta última opción hubiera permitido a los bancos, por ejemplo, trasladar ese sobrecoste a lo largo de toda la vida del préstamo hipotecario, lo que beneficia al cliente.
La mayoría de las entidades confiaban en las últimas semanas que no habría retroactividad y por eso no hicieron provisiones en las cuentas trimestrales del tercer trimestre. No obstante esas mismas entidades esperaban que el Supremo modificará la doctrina sin la citada retroactividad. Fuentes del sector dijeron que la sorpresa fue mayúscula entre algunos directivos.
Las mismas fuentes añadieron que la banca se siente como una víctima más ya que consideraron innecesario todo el proceso que se ha desarrollado en las últimas semanas para acabar en el mismo punto. El sector ha recordado en varias ocasiones que a diferencia de otras crisis como la de las cláusulas suelo o la de las participaciones preferentes, en el caso del impuesto de las hipotecas eran sólo intermediarios entre los clientes y la Agencia Tributaria.
CECA Y AEB La patronal sostiene que se “preserva la seguridad jurídica necesaria”