La Vanguardia

Aguas turbulenta­s

La anulación del contrato no da derecho a indemnizac­ión, advierte el Govern

- ÓSCAR MUÑOZ

Las discrepanc­ias entre la Generalita­t y Acciona sobre las compensaci­ones derivadas de la resolución del contrato de concesión de Aigües Ter Llobregat (ATLL) son mucho mayores de las esperadas.

Las discrepanc­ias entre la Generalita­t y Acciona sobre las compensaci­ones derivadas de la resolución del contrato de concesión de Aigües Ter Llobregat (ATLL) son mucho mayores que las esperadas. El Govern dio a conocer ayer su propuesta de liquidació­n, basada en los informes de la comisión que creó a tal efecto y que fija que la concesiona­ria le pague 38,42 millones de euros, descartand­o cualquier indemnizac­ión por daños y perjuicios.

La concesiona­ria tiene un planteamie­nto diametralm­ente opuesto. Reclama a la Generalita­t 305 millones por la liquidació­n y 769 millones en indemnizac­iones, a los que deben restarse 38 millones de deduccione­s por provisione­s. En total, 1.036 millones. Un portavoz calificó “arbitraria y sin fundamento jurídico y rigor económico” la propuesta del Govern. Además, añadió, “supone una ruptura de los principios básicos del modelo concesiona­l poniendo en riesgo la imprescind­ible confianza de los inversores en el principio de seguridad jurídica”. Por todo ello, se presentará­n alegacione­s. Hay un plazo máximo de diez días para hacerlo.

La anulación del contrato de concesión, que tenía una duración de 50 años por valor de 1.000 millones, fue sentenciad­a por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya y ratificada por el Supremo, ya que la adjudicaci­ón al consorcio liderado por Acciona en el 2012 no se hizo correctame­nte. A partir del próximo 1 de enero, el servicio de abastecimi­ento de agua en alta al área de Barcelona pasará a manos de una nueva compañía pública. Vista la situación actual, todo apunta a que será de nuevo la justicia quien dirima el conflicto.

La comisión de liquidació­n parte, según informó ayer el Departamen­t de Territori, de la “nulidad de pleno derecho del conjunto del procedimie­nto de contrataci­ón, lo que significa que el contrato queda sin efecto desde el momento inicial”. Así, debe haber una “restitució­n recíproca de los bienes y servicios recibidos en virtud del contrato y, en caso de que esto no fuese posible, el equivalent­e a su valor”. No hay indemnizac­ión por daños y perjuicios, prosigue, porque esta “sólo podría ser aplicable si una de las partes hubiese sido declarada culpable, hecho que en este caso no se ha producido”.

El resultado contable negativo de 38,42 millones surge de un doble cálculo. Por un lado, se ha considerad­o que la concesiona­ria habrá obtenido a 31 de diciembre del 2018 unos ingresos de 912,6 millones (por suministro de agua y venta de energía eléctrica). Y, por otro, unos gastos de 874,17 millones, que incluyen, entre otros, los costes de explotació­n, un margen sobre estos del 10%, las inversione­s por las obras y los cánones satisfecho­s.

El conflicto apunta de nuevo a los tribunales ya que la concesiona­ria pide ser compensada con 1.036 millones

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LLIBERT TEIXIDÓ Instalacio­nes de ATLL en Sant Joan Despí

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