Aguas turbulentas
La anulación del contrato no da derecho a indemnización, advierte el Govern
Las discrepancias entre la Generalitat y Acciona sobre las compensaciones derivadas de la resolución del contrato de concesión de Aigües Ter Llobregat (ATLL) son mucho mayores de las esperadas.
Las discrepancias entre la Generalitat y Acciona sobre las compensaciones derivadas de la resolución del contrato de concesión de Aigües Ter Llobregat (ATLL) son mucho mayores que las esperadas. El Govern dio a conocer ayer su propuesta de liquidación, basada en los informes de la comisión que creó a tal efecto y que fija que la concesionaria le pague 38,42 millones de euros, descartando cualquier indemnización por daños y perjuicios.
La concesionaria tiene un planteamiento diametralmente opuesto. Reclama a la Generalitat 305 millones por la liquidación y 769 millones en indemnizaciones, a los que deben restarse 38 millones de deducciones por provisiones. En total, 1.036 millones. Un portavoz calificó “arbitraria y sin fundamento jurídico y rigor económico” la propuesta del Govern. Además, añadió, “supone una ruptura de los principios básicos del modelo concesional poniendo en riesgo la imprescindible confianza de los inversores en el principio de seguridad jurídica”. Por todo ello, se presentarán alegaciones. Hay un plazo máximo de diez días para hacerlo.
La anulación del contrato de concesión, que tenía una duración de 50 años por valor de 1.000 millones, fue sentenciada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya y ratificada por el Supremo, ya que la adjudicación al consorcio liderado por Acciona en el 2012 no se hizo correctamente. A partir del próximo 1 de enero, el servicio de abastecimiento de agua en alta al área de Barcelona pasará a manos de una nueva compañía pública. Vista la situación actual, todo apunta a que será de nuevo la justicia quien dirima el conflicto.
La comisión de liquidación parte, según informó ayer el Departament de Territori, de la “nulidad de pleno derecho del conjunto del procedimiento de contratación, lo que significa que el contrato queda sin efecto desde el momento inicial”. Así, debe haber una “restitución recíproca de los bienes y servicios recibidos en virtud del contrato y, en caso de que esto no fuese posible, el equivalente a su valor”. No hay indemnización por daños y perjuicios, prosigue, porque esta “sólo podría ser aplicable si una de las partes hubiese sido declarada culpable, hecho que en este caso no se ha producido”.
El resultado contable negativo de 38,42 millones surge de un doble cálculo. Por un lado, se ha considerado que la concesionaria habrá obtenido a 31 de diciembre del 2018 unos ingresos de 912,6 millones (por suministro de agua y venta de energía eléctrica). Y, por otro, unos gastos de 874,17 millones, que incluyen, entre otros, los costes de explotación, un margen sobre estos del 10%, las inversiones por las obras y los cánones satisfechos.
El conflicto apunta de nuevo a los tribunales ya que la concesionaria pide ser compensada con 1.036 millones