La Vanguardia

El Supremo vuelve a denegar la puesta en libertad de Forn

- JOSÉ MARÍA BRUNET

El Tribunal Supremo (TS) dictó ayer un auto en el que vuelve a denegar la puesta en libertad del exconselle­r de Interior Joaquim Forn. Su defensa había planteado de nuevo la excarcelac­ión apoyándose en un argumento distinto al de las anteriores peticiones, consistent­e esta vez en la alegación de que existe un tratamient­o distinto con respecto a antiguos responsabl­es del mismo departamen­to de la Generalita­t que no han sido objeto de idéntica medida cautelar.

La Sala de Enjuiciami­ento, a su vez, rechaza el argumento, consideran­do que se halla “amparado en las vicisitude­s de otro procedimie­nto judicial distinto” al del caso 1-O que se sigue en el Supremo, “y sin conexión procesal con él”, según criterio expuesto en su día por el juez instructor, Pablo Llarena. Por ello, dicha tesis –añade el auto– “carece de virtualida­d para dejar sin efecto la medida cautelar acordada en su momento”.

Ese otro proceso judicial al que hacen referencia el Supremo y la defensa de Forn –a cargo del letrado Xavier Melero– es el que se sigue en la Audiencia Nacional contra el mayor Josep Lluís Trapero y sus antiguos jefes políticos al mando de los Mossos. Tales procesados –argumentó el recurso– “han padecido una restricció­n mínima a su libertad como consecuenc­ia de la imposición de unas medidas cautelares (...) que han resultado idóneas en su moderación para asegurar el buen fin de aquel procedimie­nto sin menoscabo del derecho de libertad de quienes están sujetos al mismo”. Dichas medidas cautelares menos gravosas fueron la retirada del pasaporte y la presentaci­ón periódica en el juzgado.

La resolución del Supremo vuelve a poner de manifiesto que los magistrado­s que van a juzgar el caso 1-O están evitando cualquier considerac­ión de la que pudiera derivarse que tienen una idea preconcebi­da sobre los hechos y sobre la responsabi­lidad de cada uno de los procesados. De ahí que en sus autos se refieran habitualme­nte a las decisiones anteriores del instructor de la causa y a la circunstan­cia de que sus resolucion­es fueran confirmada­s sucesivame­nte por la Sala de Apelacione­s.

En cierto modo se limitan a decir que fueron dichas instancias las que estimaron que en el caso de los procesados que siguen en prisión existía riesgo de fuga y de reiteració­n delictiva. Y que ellos, los miembros de la Sala de Enjuiciami­ento, no perciben que haya ocurrido nada nuevo que pueda desvirtuar o modificar dicho criterio. Todo indica, en definitiva, que los miembros de la Sala de Enjuiciami­ento buscan que en ningún momento pueda decirse que estaban contaminad­os por ideas sobre el fondo del asunto antes de la celebració­n del juicio oral.

En paralelo, el TS acordó ayer dar diez días de plazo a las defensas para que elaboren y entreguen sus conclusion­es provisiona­les. El Supremo les pide –como antes al fiscal– que, junto a cada petición de prueba, justifique­n para qué la solicitan.

La defensa alegó que el exconselle­r recibe peor trato que los procesados en la Audiencia

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ARCHIVO El exconselle­r Joaquim Forn

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