La Generalitat también gana el recurso de Castor
El Tribunal Supremo ha estimado un recurso presentado por la Generalitat y ha dictaminado que los consumidores de gas no tendrán que asumir los costes vinculados al mantenimiento y operatividad del almacén Castor correspondientes al 2015. La decisión del Supremo va en línea de la resolución que se hizo pública el pasado 15 de noviembre, en la que daba la razón a la patronal catalana Cecot, que también había recurrido la orden ministerial que establecía los peajes de acceso a las instalaciones gasistas. La decisión del Supremo es consecuencia de la sentencia del Constitucional de diciembre del 2017 que anuló dos artículos del real decreto ley en que se recogieron los derechos de cobro de Enagas Transporte durante 30 años con cargo al sistema para hacerse cargo de la citada instalación. El Gobierno aprobó en octubre del 2014 anular la concesión del proyecto Castor e indemnizar con 1.350,7 millones a su promotora (Escal UGS, controlada por ACS) después de que su actividad causara centenares de seísmos en la costa de Tarragona y Castelló, lo que provocó su cierre. Esta cantidad incluyó el valor neto de la inversión fallida, los intereses y el mantenimiento del almacén por Enagas Transporte, a la que se autorizó a cobrar a todos los consumidores en su recibo del gas esta cantidad. La Generalitat también ha impugnado las órdenes de peajes y cánones de gas del 2016, el 2017 y el 2018. / Redacción