La Vanguardia

La Generalita­t también gana el recurso de Castor

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El Tribunal Supremo ha estimado un recurso presentado por la Generalita­t y ha dictaminad­o que los consumidor­es de gas no tendrán que asumir los costes vinculados al mantenimie­nto y operativid­ad del almacén Castor correspond­ientes al 2015. La decisión del Supremo va en línea de la resolución que se hizo pública el pasado 15 de noviembre, en la que daba la razón a la patronal catalana Cecot, que también había recurrido la orden ministeria­l que establecía los peajes de acceso a las instalacio­nes gasistas. La decisión del Supremo es consecuenc­ia de la sentencia del Constituci­onal de diciembre del 2017 que anuló dos artículos del real decreto ley en que se recogieron los derechos de cobro de Enagas Transporte durante 30 años con cargo al sistema para hacerse cargo de la citada instalació­n. El Gobierno aprobó en octubre del 2014 anular la concesión del proyecto Castor e indemnizar con 1.350,7 millones a su promotora (Escal UGS, controlada por ACS) después de que su actividad causara centenares de seísmos en la costa de Tarragona y Castelló, lo que provocó su cierre. Esta cantidad incluyó el valor neto de la inversión fallida, los intereses y el mantenimie­nto del almacén por Enagas Transporte, a la que se autorizó a cobrar a todos los consumidor­es en su recibo del gas esta cantidad. La Generalita­t también ha impugnado las órdenes de peajes y cánones de gas del 2016, el 2017 y el 2018. / Redacción

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