El Supremo rebaja a 13 meses la inhabilitación de Artur Mas
La sentencia llega la víspera de la vista de las cuestiones previas del juicio del 1-O
El Tribunal Supremo rebajó ayer la condena de inhabilitación a Artur Mas de dos años a trece meses por el 9-N, y dejó en nueve meses el castigo para Joana Ortega y seis para Irene Rigau. La reducción de la pena llegó la víspera de la vista por las cuestiones previas del juicio a los líderes independentistas.
El Tribunal Supremo (TS) comunicó ayer la rebaja a 13 meses de la pena de 2 años de inhabilitación que le fue impuesta inicialmente al expresident de la Generalitat Artur Mas por la organización de la consulta del 9-N, que se consideró como un delito de desobediencia. También se reducen las penas impuestas a la exvicepresidenta Joana Ortega, que de 1 año y 9 meses pasa 9 meses, y a la exconsellera Irene Rigau, que de 1 año y 6 meses iniciales se queda en 6 meses.
La sentencia del Alto Tribunal –que corrige la dictada por el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC)– está deliberada y acordada, pero aún no se ha redactado completamente. El Alto Tribunal, sin embargo, quiso dar a conocer precisamente ayer la mencionada reducción, que equipara la pena impuesta a Mas con la que la propia Sala Penal acordó para el exconseller Francesc Homs, cuando le juzgó el año pasado, también por desobediencia.
El escueto anuncio se realizó apenas veinticuatro horas antes de que la Sala Penal del Alto Tribunal sea escenario hoy de la vista preliminar del caso 1-O. En este acto, las defensas plantearán que el Supremo debe inhibirse de este asunto y dejarlo en manos del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC).
En medios judiciales se especuló con la posibilidad de que la decisión del Supremo –y en especial su comunicación tras varias semanas de deliberación, cuando aún no está redactada la sentencia– persiguiera lanzar una señal sobre la posible flexibilidad de la Sala Penal. No en balde se trata de una instancia que recientemente ha sido objeto de una intensa polémica por la candidatura de su presidente, Manuel Marchena, a dirigir la cúpula judicial, tras el watsap del portavoz del PP en el Senado en el que se interpretaba esa elección como una garantía de que con ello dicha Sala Penal se podría controlar “desde atrás”.
La composición del tribunal que ha decidido sobre el recurso de casación de Mas, en todo caso, es distinta de la del que juzgó a Homs. El ponente de la sentencia sobre Mas, Ortega y Rigau es el magistrado Antonio del Moral, que no formó parte del que enjuició al exconseller y exportavoz parlamentario del PDECat.
La vista del recurso de Mas tuvo lugar en el Supremo el pasado 7 de noviembre. La defensa del expresident no buscó la equiparación entre este caso y el de Homs –condenado el año pasado en relación con el 9-N–, sino que abogó por la absolución. El caso de Mas –dijo su defensor, el letrado Xavier Melero– “no es el mismo que el de Homs”, por cuanto el exconseller de Presidència hizo “actos ejecutivos” que demuestran que se implicó “de propia mano en el no acatamiento de la providencia del Constitucional” por la que se prohibió la consulta del 9-N. Melero añadió que esas dudas eran compartidas por “una serie de operadores de la máxima cualificación jurídica en la comunidad autónoma de Catalunya”.
El fiscal encargado del caso, Jaime Moreno –quien también forma parte del equipo de cuatro fiscales que se hizo cargo del caso 1-O–, replicó a la defensa del expresident que los condenados sabían “perfectamente” que “aquello que habían convocado era una actuación inconstitucional”. Y añadió que el propio Mas manifestó que “si la Fiscalía quiere conocer quién es el responsable, que me miren a mí, soy yo y mi Gobierno”.
LA DEFENSA
El abogado del expresident pidió la absolución en la vista del recurso de casación
LA FISCALÍA
El fiscal del caso dijo que la Generalitat siempre supo que la consulta era ilegal