El juez que sí la cree
El magistrado José Francisco Cobo siempre ha defendido la prisión para los condenados en cuatro votos particulares
Las votaciones en la Audiencia de Pamplona en el caso de La Manada siempre han contado con un magistrado que cree la versión de la víctima y que se ha pronunciado a favor de que los condenados cumplan la pena de cárcel de les corresponda. El presidente de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, José Francisco Cobo, ha sostenido desde el inicio del proceso una firme determinación de mantener a los juzgados en prisión, que se ha materializado hasta en cuatro votos particulares. El último de ellos, ayer.
Sus discrepancias con los otros dos jueces de la sala volvieron a quedar ayer patentes al emitir un voto particular contra la decisión de mantener a La Manada en libertad provisional, una decisión que se tomó gracias a los votos de sus compañeros de sala.
En su voto particular, José Francisco Cobo estima que los condenados deben ingresar en prisión debido a la gravedad de la pena impuesta, de nueve años de prisión.
Para este magistrado, resulta procedente la prisión provisional por el riesgo de fuga, debido a la existencia de dos sentencias condenatorias (la de la Sección Segunda y la del TSJN), en las que se ha impuesto una pena “suficientemente grave”.
Cobo, como presidente de la sala, fue el encargado, el 26 de abril del 2018, de la lectura pública de la sentencia que condenó a los cinco miembros de La Manada a nueve años de prisión por los abusos sexuales cometidos en los Sanfermines del 2016 a una joven madrileña. Ya en ese momento se apreció la falta de unanimidad en el tribunal, porque la sentencia, apoyada por José Francisco Cobo y la juez Raquel Fernandino, contó con el voto particular del magistrado Ricardo González, quien abogó por la absolución.
Cobo discrepó de sus dos compañeros unos meses después de esa lectura, cuando el 21 de junio la sección segunda decretó la libertad provisional bajo fianza de 6.000 euros para los cinco integrantes de Manada.
El magistrado, en un voto particular, abogó por la prórroga de la prisión provisional sin condiciones al entender que las medidas adoptadas, como la prohibición de acercarse a la víctima, podían resultar ineficaces para la protección de esta, una joven madrileña de 18 años cuando ocurrieron los hechos.
El 18 de julio, Cobo volvió a emitir un voto particular a la sentencia de la Sección Segunda que desestimó los recursos de la fiscalía y las acusaciones contra la libertad provisional.
En esta ocasión, consideró “razonable y proporcionado” prorrogar la prisión incondicional, al considerar que las medidas cautelares no eran suficientes para conjurar eficazmente el riesgo de fuga. A su juicio, la prisión provisional, pese a su excepcionalidad, era “un medio constitucional indispensable” en este caso.
Además, cuando el 24 de julio el tribunal decidió mantener en libertad al guardia civil de La Manada, Antonio Manuel Guerrero, por intentar renovar su pasaporte, Cobo pidió en otro voto particular su encarcelamiento al entender que su proceder era “contradictorio” con las medidas cautelares.
La
En ninguna de las decisiones de la Sala sobre este caso ha existido unanimidad entre sus miembros