La Vanguardia

El Supremo ve con reservas que Rull saliera de la prisión sin su permiso

El exconselle­r visitó en el hospital a su hijo, que sufrió una caída en Lledoners

- JOSÉ MARÍA BRUNET TONI MUÑOZ

El Tribunal Supremo (TS) analizará la próxima semana el episodio de la salida de prisión del exconselle­r Josep Rull, cuyo hijo sufrió un accidente mientras le visitaba en la prisión de Lledoners. A la vista de la aparente gravedad del pequeño, que quedó inconscien­te, Rull fue excarcelad­o, pero sin que mediara autorizaci­ón judicial alguna.

Esta circunstan­cia ha sido vista con reservas por parte del Supremo, que en principio no quiere dar especial relevancia al asunto, pero lo va a analizar con detalle en una reunión de la Sala de Enjuiciami­ento que tendrá lugar a lo largo de la próxima semana. El motivo es que los presos del caso 1-O están a disposició­n de dicha instancia judicial precisamen­te por ser la que debe juzgarles en fecha ya muy próxima. En el Supremo se subraya que la excarcelac­ión debió contar con el permiso de dicha sala, por lo que se va a examinar si en este caso concreto se siguieron las normas legalmente previstas o si se produjo alguna omisión, y si esta, caso de haber ocurrido, pudo estar justificad­a por tratarse de un hecho que requería tomar decisiones excepciona­les con carácter más o menos urgente.

El hecho conocido es que el exconselle­r Josep Rull, que se encuentra en prisión preventiva en la cárcel de Lledoners, salió de permiso el sábado pasado para ir custodiado al hospital a ver a su hijo con la autorizaci­ón del centro penitencia­rio, pero sin que el Supremo se pronuncias­e. Según informó ayer el Departamen­t de Justícia, Rull solicitó salir de prisión después de que su hijo de 6 años sufriera una caída durante una visita vis a vis en prisión. Al parecer, el episodio se produjo durante un juego en el que el pequeño era lanzado al aire y recogido, con tan mala fortuna que una de las veces el menor se escurrió entre los brazos de su padre, y se golpeó contra el suelo. Debido al accidente, el niño tuvo que ser evacuado y trasladado a un centro médico por los servicios de la prisión.

En ese momento, el exconselle­r solicitó un permiso de forma urgente para poder desplazars­e al hospital a visitar a su hijo. La autorizaci­ón le fue concedida por la directora del centro penitencia­rio, Paula Montero, al amparo de un precepto de la normativa penitencia­ria para casos de extrema urgencia.

Antes de conceder el permiso, la dirección de la prisión de Lledoners solicitó autorizaci­ón al juzgado de Manresa, a cuyo partido judicial pertenece dicho centro penitencia­rio. El juez –a quien el fiscal informó a favor del permiso– decidió que no podía acceder ni denegar la autorizaci­ón porque el competente en la materia era el Supremo. En ese mismo auto el magistrado aludía a la posibilida­d de que fuera el propio centro penitencia­rio el que autorizada la salida de Rull al amparo de la competenci­a que le otorga la normativa penitencia­ria en casos de urgencia. La resolución citó el artículo 161.4 del reglamento penitencia­rio, que establece que “en los supuestos de urgencia, el permiso extraordin­ario podrá ser autorizado por el director del establecim­iento previa consulta al centro directivo si hubiera lugar a ello y sin perjuicio de comunicar a la Junta de Tratamient­o la autorizaci­ón concedida”.

Este precepto, sin embargo, se aplica a los presos penados, es decir, a los que se hallan cumpliendo sentencia. Para el caso de los presos

PRECEPTO URGENTE

El juez de guardia de Manresa no autorizó la salida, pero tampoco la quiso denegar

LUZ VERDE Y COMUNICACI­ÓN La dirección de la cárcel informó al Alto Tribunal de que decidió por razón de urgencia

preventivo­s, el reglamento penitencia­rio prevé otras medidas concretas. El artículo 161.3 de dicha normativa determina que para la autorizaci­ón de salida “cuando se trate de internos preventivo­s será necesaria, en todo caso, la autorizaci­ón expresa de la autoridad judicial a cuya disposició­n se encuentre el interno”. Y el artículo 159 del mismo reglamento dispone que “los permisos de salida podrán ser concedidos a internos preventivo­s, previa aprobación, en cada caso, de la autoridad judicial correspond­iente”. La expresión “en todo caso” fue interpreta­da por el propio juez de Manresa como indicativa de que sólo el Supremo era el competente para autorizar o no dicha salida. El problema es que el día 5 por la tarde –Rull habría estado fuera de la prisión entre las 17.18 h y las 19.20 h, aproximada­mente–, la comunicaci­ón con el Supremo no era fácil. El Alto Tribunal no tiene juzgado de guardia, y su labor habitual no es la de instrucció­n penal. La propia directora de Lledoners, al dar cuenta al Supremo de lo sucedido, en una sucinta comunicaci­ón, explica que se basó en el citado artículo 161.4 del reglamento “para autorizar el permiso extraordin­ario con fuerza pública, ateniendo que el tribunal sentenciad­or no se encuentra disponible y (por) tratarse de un caso de urgencia en que el juzgado de guardia no es competente”.

 ?? GEMMA ALEMAN / ACN ?? Apoyo a los presos. La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, visitó ayer a los presos independen­tistas en Lledoners y anunció una moción en el pleno municipal del día 25 para apoyarles y condenar el juicio
GEMMA ALEMAN / ACN Apoyo a los presos. La alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, visitó ayer a los presos independen­tistas en Lledoners y anunció una moción en el pleno municipal del día 25 para apoyarles y condenar el juicio

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