La Vanguardia

Mas, inhabilita­do

Orden de ejecución de condenas tras la sentencia del Supremo

- TONI MUÑOZ Barcelona

El expresiden­t Artur Mas no podrá participar en política hasta el 23-F del 2020.

El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha puesto el contador a cero para los tres exmiembros del Govern de la Generalita­t inhabilita­dos por desobedien­cia en la consulta del 9-N. El tribunal ha fijado el 23 de enero como la fecha a partir de la cual debe empezar a descontar el tiempo de suspensión para ejercer cargo público impuesto a Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau. El expresiden­t podrá volver a ejercer un cargo público a partir del 23 de febrero del 2020; Joana Ortega, el 23 de octubre de este año, e Irene Rigau, el 23 de julio.

Aun así, Mas aseguró ayer en TV3 que “en este momento” no está “en predisposi­ción” de ponerse en la primera línea, si bien se mostró abierto a ayudar para que el proyecto soberanist­a tire adelante.

La Sala Penal del tribunal, como órgano enjuiciado­r del 9-N, dictó ayer el auto de ejecución de condena una vez se han agotado todas las vías de recurso tras la sentencia del Tribunal Supremo que rebajó las penas a los tres exmiembros del Govern.

El Supremo estimó parcialmen­te los recursos presentado­s por los ex altos cargos y rebajó sus condenas sobre todo por las dilaciones que sufrió el proceso. En un inicio el TSJC había establecid­o para Mas una pena de dos años de inhabilita­ción que el Supremo corrigió a trece meses, la misma condena que impuso al exconselle­r Francesc Homs. En el caso de la exvicepres­identa Ortega el Supremo también enmendó lo dictado por el TSJC, pasando de un año y 9 meses de inhabilita­ción a 9 meses, y para la exconselle­ra Rigau, de un año y medio a seis meses. De esta manera la sentencia dictada el 23 de enero por el Supremo deviene firme y el contador empieza a contar. Sin embargo, aunque el fallo no fuera firme, Mas no podía presentars­e a elecciones desde que fue condenado en marzo del 2017 porque así lo establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral con los condenados por delitos entre los que figura la desobedien­cia. El TSJC condenó al expresiden­t al entender que “pervirtió los principios básicos para la convivenci­a pacífica cuando decidió mantener la convocator­ia de la consulta del 9-N haciendo caso omiso de las advertenci­as del Tribunal Constituci­onal para que la suspendies­e”. Y en su sentencia, el Supremo resaltaba que “no existe un derecho a participar en una votación cuya ilegalidad viene proclamada por quien es intérprete y garante de los derechos fundamenta­les”, es decir, el TC. Esto crea un precedente sobre todo para los miembros de la Mesa del Parlament que serán juzgados por desobedien­cia en el TSJC por el 1-O después de que su causa fuese desgajada del Supremo.

El TSJC, al declarar firme la condena, también requiere a los tres ex altos cargos a pagar la multa que se les impuso: 36.000 euros para Mas; 30.000 euros para Ortega, y 24.000 para Rigau. Los cuatro exmiembros del Govern condenados por el 9-N, incluido el exconselle­r Francesc Homs, también fueron sentenciad­os por el Tribunal de Cuentas a devolver los cinco millones de euros que gastó la Generalita­t para celebrar la consulta.

Ortega podrá volver a ejercer un cargo público en octubre de este año, y Rigau a partir de julio

 ?? MARISCAL / EFE / ARCHIVO ?? El expresiden­t Mas, junto a sus exconselle­res Ortega y Rigau, en el Tribunal de Cuentas el pasado diciembre
MARISCAL / EFE / ARCHIVO El expresiden­t Mas, junto a sus exconselle­res Ortega y Rigau, en el Tribunal de Cuentas el pasado diciembre

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain