Prisión para los tres condenados de ‘La Manada’ de Collado Villalba
La Audiencia Provincial de Madrid ordenó ayer el ingreso en prisión de los tres jóvenes de la conocida como La Manada de Collado Villalba, después de haber sido condenados por la agresión sexual a una joven en el 2015 en esta localidad madrileña.
La Fiscalía solicitó ayer en una vista a puerta cerrada la medida cautelar de prisión provisional, en espera de que sea firme la sentencia que los condenó por agresión sexual con penas de cárcel de 15 años para dos de ellos y de 14 años para el tercero.
Para la acusación pública, en este caso concurrían todos los requisitos previstos en la ley de Enjuiciamiento Criminal para la prisión preventiva, que es la existencia de un delito castigado con pena superior a dos años, motivos para creer al encausado responsable del delito y la necesidad de evitar que pueda sustraerse a la acción de la justicia.
El tribunal condenó a los tres jóvenes por agresión sexual continuada a la joven en un piso, en una sentencia en la que las magistradas establecieron que cometieron el delito aprovechándose de lo que la jurisprudencia ha denominado como “intimidación ambiental”.
La sentencia fijó que, “partiendo de que las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima, que se negó de forma reiterada ante la insistencia de los acusados, concurrió intimidación”.
“Ella se vio acorralada ante la presencia de los tres individuos –argumentó el fallo judicial condenatorio–, en un sitio cerrado, una habitación con baño, y actuó ante el temor de que pudiera pasarle algo y en la creencia de que no iba a salir indemne de allí sin haber satisfecho los deseos sexuales de los procesados”.
Durante la vista de ayer, los acusados alegaron “arraigo familiar” para evitar, sin éxito, entrar en la cárcel, donde ingresaron ayer. Dos de ellos, un militar y un guardia civil, fueron enviados a una prisión militar.
Según el abogado defensor de los condenados, la decisión de las magistradas al ordenar su ingreso en prisión sin que la sentencia sea firme ha estado motivada por “lo elevado de las penas” y por “la presión” social.
La sentencia establece una medida de libertad vigilada durante siete años, que empezarán a tener validez una vez cumplan su periodo de cárcel. Tampoco podrán comunicarse o aproximarse a la víctima durante 25 años y deberán indemnizarla con 30.000 euros cada uno de ellos.