La Vanguardia

Bassa reclama anular su condena por un error en la exposición de hechos

La defensa alega que el TS le atribuye actos de otra consellera, la de Ensenyamen­t

- CARLOTA GUINDAL

La exconselle­ra de Treball, Dolors Bassa, ha presentado un incidente de nulidad contra la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que le condena a 12 años de prisión por un delito de sedición y otro de malversaci­ón de caudales públicos al confundir su cargo en la parte de exposición de hechos con el de consellera de Ensenyamen­t.

Este incidente es el paso previo para poder acudir al Tribunal Constituci­onal y de ahí al Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Su defensa alega que la sentencia debe ser anulada en la parte que correspond­e a Bassa al atribuirle erróneamen­te la titularida­d de la Conselleri­a d’ensenyamen­t en lugar de la de Treball, Afers Socials i Famílies. Bajo este error, la defensa concluye que Bassa no era la responsabl­e de los colegios y puntos de votación del referéndum del 1-O.

Para la defensa de Bassa, el citado error no es sólo algo “material, sino determinan­te para establecer la responsabi­lidad de la exconselle­ra”, puesto que “su condena se ha basado en hechos de otro, de la titular real del Departamen­t d’ensenyamen­t”.

Sin embargo, este error sólo se comete en la parte de hechos probados, pero no en los fundamento­s jurídicos, cuando la sala, presidida por Manuel Marchena, define claramente el papel de Bassa en la Conselleri­a de Treball y las pruebas existentes contra ella para ser condenada.

En este parte del texto se señala –además de sus reiterados incumplimi­entos al Tribunal Constituci­onal, de formar parte de la estrategia diseñada para desacatar el sistema normativo y de contribuir a la aprobación de una legalidad paralela para declarar la independen­cia de Catalunya– el papel de su departamen­to para el desarrollo del referéndum. “Además de la cesión de locales para la consulta, desde la Conselleri­a de Treball, Afers Socials i Famílies se asumió parte del coste derivado de los gastos generados por las comunicaci­ones postales encargadas a la empresa Unipost y se gestionó, por recaer dentro de su ámbito de competenci­a, el registro de voluntario­s”, recoge la resolución.

Además, explica que se abrió la página web Referendum.cat y dentro de esta se creó la aplicación denominada “Crides”. “Una de ellas fue usada para la captación de hasta 47.498 voluntario­s, competenci­a correspond­iente y

Los fundamento­s jurídicos sí que la señalan como titular de Treball, “que asumió parte del coste” del 1-O

asumida también en este caso por la Conselleri­a de Treball, cuya titularida­d encarnaba la acusada Bassa. Los reclutados fueron utilizados para cubrir las necesidade­s que presentaba la realizació­n del referéndum”. Y añade: “Como consejera con competenci­a para ello cedió el uso de centros cívicos como locales para la votación el 1 de octubre, y para la jornada de Escoles Obertes que se celebró durante ese fin de semana. Iniciativa ciudadana cuyo objetivo fue evitar o, cuanto menos, dificultar notablemen­te el cumplimien­to de las órdenes del Tribunal Superior de Justícia (de Catalunya) sobre el cierre de los centros de votación el día 1 de octubre”.

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ZIPI / EFE / ARCHIVO Forcadell, Bassa y Romeva, llegando al Tribunal Supremo el 23 de marzo del 2018, su último día en libertad

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