Wizink, condenado por cobrar tipos demasiado altos con sus tarjetas
MADRID Europa Press
El juzgado de primera instancia número 5 de Cerdanyola del Vallès ha declarado que los intereses cobrados por Wizink a un usuario que contrató dos tarjetas revolving (que implican el aplazamiento de todos los pagos) eran excesivamente altos y no cumplían con los requisitos de transparencia, por lo que la entidad deberá devolverlos al demandante.
El cliente suscribió en el 2007 un contrato de tarjeta de crédito Citybank Visa Oro que tenía un tipo de interés del 27,24% TAE. El negocio de tarjetas de crédito de City fue transmitido en el 2014 a Banco Popular-e, que en el 2016 pasó a ser Wizink Bank. Asimismo, contrató en el 2015 una tarjeta de crédito Barclaycard Oro con un tipo de interés del 26,70% TAE. Este negocio de Barclays fue transmitido también en 2016 a Wizink Bank, que cambió el tipo de interés al 27,24%
TAE. El demandante, representado en el procedimiento judicial por Unive Abogados, denunció que los dos contratos contenían “cláusulas abusivas” en materia de intereses retributivos pactados y que además no superaban el control de transparencia, por lo que pidió la nulidad de los contratos o de las cláusulas de intereses. La juez ha constatado que el primer contrato preveía la aplicación de un TAE anual del 27,24%, frente al tipo medio aplicable a los préstamos al consumo del 9,53%, y el segundo contemplaba un 26,7% y después un 27,24% TAE, frente al tipo medio de intereses de 4,39% en la fecha de suscripción y del 7,24% cuando la entidad fue adquirida por Wizink.
Al no justificarse la concurrencia de circunstancias especiales que aconsejaran la imposición de un interés tan alto, la magistrada ha determinado que los créditos contemplan “un interés remuneratorio usurario”, es decir, excesivamente alto. La consecuencia de declarar el crédito como “usurario” es la nulidad del contrato, que conlleva que el demandante debe entregar la suma recibida y el prestamista debe devolver lo percibido en exceso. En cuanto a la transparencia, no consta que la entidad facilitase al usuario información sobre el plazo de amortización y los posibles escenarios de amortización que le permitiera conocer la carga económica real del contrato. Además, las referencias que se hacen en los contratos sobre el pago de intereses no figuran en la solicitud de tarjeta, sino en un anexo, y están redactadas “utilizando una letra muy pequeña, prácticamente ilegible”. Por todo ello, la jueza ha declarado que los intereses de ambas tarjetas revolving eran “usurarios”,.
Ayer, se supo que Wizink ha recurrido al Supremo con un recurso de casación porque tiene más de 2.500 demandas en los tribunales.