La Fiscalía, a favor de que Torra siga como diputado a la espera del Supremo
El ministerio público pide a los jueces un estudio a fondo de la competencia de la JEC
La Fiscalía ha dado un respiro al independentismo y se ha posicionado a favor de que el presidiente de la Generalitat, Quim Torra, pueda mantener su condición de diputado hasta que el Tribunal Supremo (TS) revise el fondo del recurso interpuesto contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de acordar la retirada de su condición de diputado tras la sentencia del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC), tal y como lo ha dejado reflejado en un escrito presentado ante el Alto Tribunal.
La sentencia de 18 meses de inhabilitación por un delito de desobediencia que dictó el TSJC aún no es firme, ya que está pendiente que la Sala de lo Penal del TS resuelva el recurso de casación. Sin embargo, la Junta aplicó un artículo de la ley electoral, que considera inelegibles a los condenados por sentencia firme y a los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública, entre otros. La JEC consideró que en el caso de Torra se podía aplicar este artículo al haber sido condenado por incumplir una orden de la propia JEC por negarse a retirar una pancarta a favor de “los presos políticos y exiliados” con un lazo amarillo del balcón del Palau de la Generalitat. Sin embargo, aquella decisión provocó dudas en la propia
Junta y se sacó adelante con seis votos particulares.
Entre la dudas, que en el caso de Torra no se debate su ineligibilidad, porque él ya ha sido elegido. En todo caso sería su incompatibilidad para ejercer como diputado. Entonces ahí se abre otra duda porque los casos de incompatibilidades deben ser considerados por el Parlament, tal y como establece la doctrina del Constitucional.en la normativa catalana se establece que serán incompatibles para ser diputados los que han sido condenados por sentencia firme, algo que no se ha dado todavía en este caso.
Estas mismas dudas han sido las expuestas por la Fiscalía para informar a favor de que se fije como medida cautelar la suspensión del acuerdo de la JEC, tal como pedía la defensa de Torra. Aunque crítico con las formas utilizadas, el fiscal da por buenos varios de los argumentos del letrado que representa al presidente de la Generalitat y, por eso, informa a favor de que la Sala de lo Contencioso del Supremo fije medidas cautelares.
El ministerio público considera que el tribunal deberá abrir un debate “complejo” al respecto y, por tanto, para evitar daños irreparables en Torra al retirarle su acta de diputado, opta por que se le mantenga esta condición hasta que la Sala de lo Contencioso no entre en el fondo del asunto. En su escrito, el fiscal explica que la ley electoral “no atribuye ni reconoce a la Junta Electoral Central (excepción hecha de lo que ocurre con las elecciones al Parlamento Europeo) facultades o competencia alguna para anular por su propia autoridad las credenciales de los diputados que ya están ejerciendo su mandato ni para declarar vacantes sus escaños”.
El tribunal rechazó las medidas cautelarísimas, que sólo deben darse en casos de especial urgencia. Sin embargo, dio traslado a las partes para que alegaran si correspondía fijar medidas cautelares. La Fiscalía sostiene que Torra debe mantener su acta de diputado para evitar el “riesgo de perturbación” y tras realizar un ejercicio de “ponderación” de los intereses públicos. A su modo de ver, hay que tener en cuenta que cuando “las exigencias de ejecución que el interés público presenta son tenues bastarán perjuicios de escasa entidad para provocar la suspensión; por el contrario, cuando aquella exigencia es de gran intensidad, sólo perjuicios de elevada consideración podrán determinar la suspensión de la ejecución del acto”.
El fiscal advierte que el Alto Tribunal deberá abrir un “complejo” debate sobre el alcance de la ley electoral