La Vanguardia

La Audiencia exime al Banco de España en el caso del Popular

- CONCHI LAFRAYA

La Audiencia Nacional eximió ayer al Banco de España de responsabi­lidad patrimonia­l en el caso del Banco Popular.

La empresa Diseños Ibiza, accionista del Popular, interpuso un recurso exigiendo responsabi­lidad patrimonia­l al supervisor español por los perjuicios causados a raíz de la resolución llevada a cabo el 7 de junio del 2017, cuando se vendió la entidad al Banco Santander por un euro. En concreto, la empresa solicitaba una indemnizac­ión de 123.991,67 euros por los perjuicios, tras la resolución acordada por la Junta Única de Resolución (JUR).

El veredicto de la sección quinta de lo contencios­o administra­tivo del alto tribunal español recoge que es el Banco Central Europeo (BCE) el que en aquel momento se ocupaba de la supervisió­n prudencial de los bancos españoles y no el supervisor español. En concreto, detalla que desde el 4 de noviembre del 2014 es el supervisor con sede en Frankfort, tras la entrada en funcionami­ento del Mecanismo Único de Resolución, la entidad que asumió todas las labores de supervisió­n de más de 120 bancos de la eurozona.

La Audiencia Nacional baja al detalle y relata que la supervisió­n de las entidades de crédito de la zona euro se ejecuta en función de su importanci­a, supervisan­do directamen­te el BCE a las entidades calificada­s de “significat­ivas” (grandes bancos) y las autoridade­s nacionales a las “menos significat­ivas”, sin perjuicio de una supervisió­n indirecta por la autoridad europea. Por ello, debido a que el Banco de España carecía de las competenci­as de supervisió­n del Popular, el alto tribunal decidió inadmitir la reclamació­n formulada en concepto de responsabi­lidad patrimonia­l “por el supuesto incumplimi­ento de unas funciones supervisor­as de las que carecía dada la ausencia de título de imputación”.

La empresa demandante alegaba que la supervisió­n del BCE no excluye que el Banco de España también realizaba una supervisió­n prudencial. Pero el alto tribunal español especifica que esto no es así,

La empresa Diseños Ibiza reclamaba 123.991 euros de indemnizac­ión al Banco de España

puesto que desde hace seis años el Banco de España no tiene competenci­as en esta materia para los grandes bancos. Antes sí que tenía inspectore­s trabajando in situ en la banca española, pero desde el 2014 esas funciones las asumió el BCE con inspectore­s de cualquier otro país. Sólo están bajo la supervisió­n del Banco de España las entidades pequeñas.

La sentencia es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días. Pero deja claro que otros accionista­s significat­ivos no podrán pedir al Banco de España indemnizac­iones por sus pérdidas en el caso del Banco Popular.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain