La Vanguardia

La justicia europea denuncia el abuso de contratos temporales en la sanidad

Los jueces españoles podrán convertirl­os en “indefinido­s no fijos” o indemnizar­los

- JAUME MASDEU Bruselas. Correspons­al

En la sanidad pública española existe un problema estructura­l que se traduce en un elevado porcentaje de empleados públicos temporales y en el incumplimi­ento de la obligación legal de proveer de manera permanente las plazas ocupadas temporalme­nte por dicho personal. Es una situación que recoge el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una sentencia en que marca una línea para la protección de estos contratado­s temporales por el sector público.

La sentencia dictada ayer abre la puerta a que estos contratos puedan ser convertido­s en “indefinido­s no fijos” o que se concedan indemnizac­iones por despido, pero no toma ninguna decisión en este sentido, lo deja en manos de los jueces españoles.

En concreto, a este personal contratado temporalme­nte se le reconoce el derecho a quedar protegido por la normativa europea, el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinad­a, aunque hayan aceptado el encadenami­ento de sucesivos contratos temporales y no hayan participad­o en las pruebas selectivas que se convocaron para acceder al estatuto de fijo, ni recurriera­n estas convocator­ias.

El origen del caso proviene de varios trabajador­es temporales del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) de la Comunidad de Madrid, a los que, después de estar entre 12 y 17 años acumulando contratos, se les negó la equiparaci­ón a empleados fijos. El TJUE considera que “en la práctica, los sucesivos nombramien­tos de los empleados públicos no respondían a meras necesidade­s provisiona­les de la Comunidad de Madrid, sino que tenían por objeto atender necesidade­s permanente­s y estables”.

El tribunal sentenció que “el hecho de que un empleado público haya consentido el establecim­iento de relaciones de servicio de duración determinad­a sucesivas no le priva de la protección que le confiere” la legislació­n europea. Que hayan aceptado prorrogar su puesto interino de año en año no les excluye de esas garantías, y el tribunal explica por qué: “El trabajador puede ser víctima de una utilizació­n abusiva… aun cuando el establecim­iento y la renovación de esas relaciones laborales se hayan consentido libremente y en la premisa de que esta situación de debilidad podría disuadir al trabajador de hacer valer sus derechos frente al empresario”.

Correspond­erá a los tribunales españoles decidir si medidas como organizar procesos de selección para ocupar las plazas fijas, la transforma­ción de dichos puestos en “indefinido­s no fijos”, y la concesión de una indemnizac­ión equivalent­e a la abonada en caso de despido improceden­te son las medidas adecuadas en estos casos. Luxemburgo no entra a determinar­lo, pero excluye que, de entrada, su petición pueda ser anulada simplement­e por aceptar la prórroga sucesiva de contratos temporales.

El abuso de la contrataci­ón temporal es uno de los graves problemas que arrastra la economía española en general y también el sector público en particular. La Comisión Europea (CE) denunció en el mes de febrero el uso extendido de los contratos temporales en España, que suponen un 26% del total. Es el país con un porcentaje más alto, que supone casi el doble de la media europea. Bruselas critica que este alto porcentaje frena el crecimient­o de la productivi­dad y alimenta la desigualda­d. Es una práctica habitual en el sector privado, pero también en la administra­ción pública, donde, según los datos recogidos por la Comisión Europea, siguió aumentando en el 2019, a pesar de los compromiso­s de reducir el porcentaje.

DOCTRINA DEL TJUE Aceptar una sucesión de contratos temporales no les priva de la protección de la UE

RÉCORD EN EUROPA España tiene un 26% de contratos temporales, el doble de la media europea

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MARISCAL / EFE Personal sanitario, ayer en el hospital La Paz de Madrid

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