La justicia europea denuncia el abuso de contratos temporales en la sanidad
Los jueces españoles podrán convertirlos en “indefinidos no fijos” o indemnizarlos
En la sanidad pública española existe un problema estructural que se traduce en un elevado porcentaje de empleados públicos temporales y en el incumplimiento de la obligación legal de proveer de manera permanente las plazas ocupadas temporalmente por dicho personal. Es una situación que recoge el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en una sentencia en que marca una línea para la protección de estos contratados temporales por el sector público.
La sentencia dictada ayer abre la puerta a que estos contratos puedan ser convertidos en “indefinidos no fijos” o que se concedan indemnizaciones por despido, pero no toma ninguna decisión en este sentido, lo deja en manos de los jueces españoles.
En concreto, a este personal contratado temporalmente se le reconoce el derecho a quedar protegido por la normativa europea, el Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, aunque hayan aceptado el encadenamiento de sucesivos contratos temporales y no hayan participado en las pruebas selectivas que se convocaron para acceder al estatuto de fijo, ni recurrieran estas convocatorias.
El origen del caso proviene de varios trabajadores temporales del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) de la Comunidad de Madrid, a los que, después de estar entre 12 y 17 años acumulando contratos, se les negó la equiparación a empleados fijos. El TJUE considera que “en la práctica, los sucesivos nombramientos de los empleados públicos no respondían a meras necesidades provisionales de la Comunidad de Madrid, sino que tenían por objeto atender necesidades permanentes y estables”.
El tribunal sentenció que “el hecho de que un empleado público haya consentido el establecimiento de relaciones de servicio de duración determinada sucesivas no le priva de la protección que le confiere” la legislación europea. Que hayan aceptado prorrogar su puesto interino de año en año no les excluye de esas garantías, y el tribunal explica por qué: “El trabajador puede ser víctima de una utilización abusiva… aun cuando el establecimiento y la renovación de esas relaciones laborales se hayan consentido libremente y en la premisa de que esta situación de debilidad podría disuadir al trabajador de hacer valer sus derechos frente al empresario”.
Corresponderá a los tribunales españoles decidir si medidas como organizar procesos de selección para ocupar las plazas fijas, la transformación de dichos puestos en “indefinidos no fijos”, y la concesión de una indemnización equivalente a la abonada en caso de despido improcedente son las medidas adecuadas en estos casos. Luxemburgo no entra a determinarlo, pero excluye que, de entrada, su petición pueda ser anulada simplemente por aceptar la prórroga sucesiva de contratos temporales.
El abuso de la contratación temporal es uno de los graves problemas que arrastra la economía española en general y también el sector público en particular. La Comisión Europea (CE) denunció en el mes de febrero el uso extendido de los contratos temporales en España, que suponen un 26% del total. Es el país con un porcentaje más alto, que supone casi el doble de la media europea. Bruselas critica que este alto porcentaje frena el crecimiento de la productividad y alimenta la desigualdad. Es una práctica habitual en el sector privado, pero también en la administración pública, donde, según los datos recogidos por la Comisión Europea, siguió aumentando en el 2019, a pesar de los compromisos de reducir el porcentaje.
DOCTRINA DEL TJUE Aceptar una sucesión de contratos temporales no les priva de la protección de la UE
RÉCORD EN EUROPA España tiene un 26% de contratos temporales, el doble de la media europea