División entre jueces por los permisos de los presos del ‘procés’
Las salidas laborales de Carme Forcadell en virtud del artículo 100.2 del reglamento penitenciario ya están en manos del Tribunal Supremo (TS) y la decisión puede provocar un efecto dominó que amenace los permisos del resto de presos del procés. El juez de vigilancia penitenciaria de Lleida, que había validado las salidas carcelarias de la expresidenta del Parlament, elevó al Alto Tribunal el recurso que la Fiscalía presentó ayer en el que se opone a los permisos para hacer tareas de voluntariado y cuidar de su madre. La petición judicial se llevó a cabo con arreglo a la doctrina Urdangarin, por la cual se considera que quien debe decidir sobre la evolución penitenciaria del condenado es el tribunal sentenciador y no la audiencia provincial en la que está ubicada la cárcel .
El paso ejecutado por el juez de Lleida puede poner en riesgo la continuidad del 100.2 no sólo de Forcadell sino del resto de presos. Si el Tribunal Supremo decidiera restringir o vetar las salidas al exterior de Forcadell, o si indicara que es el órgano competente para dirimir sobre el régimen penitenciario de sus condenados previsiblemente, el resto de jueces se verían obligados a actuar de la misma forma.
La decisión del juez de Lleida, sin embargo, contrasta con el criterio de la juez de vigilancia penitenciaria número 5 de Catalunya, que ayer avaló las salidas laborales del exconseller Joaquim Forn en un auto en el que insiste que es un “criterio pacífico hasta la fecha” que los recursos contra el 100.2 deben ser resueltos por la Audiencia provincial, de acuerdo con la ley orgánica del Poder Judicial, por tratarse de una cuestión que atañe al régimen penitenciario y no a la clasificación. Además, la magistrada agrega que la Fiscalía comparte este criterio porque hasta la fecha ha presentado todos los recursos ante la Audiencia de Barcelona y no ante al Tribunal Supremo.
El auto dictado ayer autoriza las salidas del exconseller de Interior
para ir a trabajar como jurista en la empresa Mediapro cinco días a la semana durante 12 horas y se une a Jordi Sànchez, Jordi Cuixart, Carme Forcadell y Dolors Bassa, que también recibieron el aval judicial para abandonar el centro penitenciario por motivos laborales. Al mismo tiempo, la juez rechaza los argumentos de la Fiscalía de que Forn no debería disfrutar del 100.2 por no haber seguido un programa específico de reinserción del delito de sedición. “Ciertamente, el interno no ha realizado un programa específico de tratamiento para el delito de sedición”, reconoce la juez, que recrimina a la Fiscalía su insistencia en que Forn lleve a cabo un tratamiento “para cambiar o modificar su pensamiento y su ideología política” por posible riesgo de reincidencia. “Los pensamientos y voluntades del interno son legítimos dentro de nuestro ordenamiento jurídico, puesto que los mismos forman parte del programa de diversos partidos políticos activos en Catalunya, y ni tales partidos ni sus programas electorales han sido declarados inconstitucionales, ni por ley ni por resolución judicial”, responde.
El TS intervendrá en las salidas de Forcadell y puede acabar afectando al resto de condenados