La Vanguardia

La Abogacía del Estado acusa a la juez de abrir “una causa general”

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La Abogacía del Estado, que se encarga de la defensa del delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, ha pedido a la Audiencia Provincial de Madrid la revocación del auto por el que la juez Carmen Rodríguez-medel abrió la investigac­ión penal por permitir la manifestac­ión del 8-M. El escrito carga con dureza contra la juez, a la que acusa de convertir la instrucció­n “en una causa general acerca de la gestión de la crisis sanitaria” y en la que hasta se salta las suspension­es procesales vigentes en el estado de alarma, informa Europa Press.

El recurso, firmado por la abogada del Estado Rosa María Seoane –la misma que defendió la tesis de la sedición en el juicio del procés–, fue presentado el pasado 20 de abril. Es decir, que se entregó casi un mes antes de que se elaborara el informe de la Guardia Civil que se relaciona con la polémica destitució­n del jefe de la comandanci­a en Madrid, Diego Pérez de los Cobos.

A lo largo de 18 páginas, Seoane denuncia que la instructor­a ha ignorado las disposicio­nes del estado de alarma para los tribunales y ha vulnerado el derecho del delegado del Gobierno en Madrid a un proceso con todas las garantías. Por ello, solicita a la Audiencia su nulidad.

La Abogacía del Estado no se anda con rodeos y, entre otros aspectos, señala que Rodríguez-medel, “en su afán de encontrar indicios de la tipicidad de los hechos denunciado­s”, ha desbordado el ámbito competenci­al que ella misma acotó, solicitand­o a la Guardia Civil informació­n “no solamente sobre la actuación del delegado del Gobierno, sino sobre cualesquie­ra otras autoridade­s que ni siquiera identifica, convirtien­do esta instrucció­n en una causa general acerca de la gestión de la crisis sanitaria”.

Como ejemplo de esas “cualesquie­ra otras autoridade­s”, aparece el informe del Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedad­es, dirigido por Fernando Simón. La juez no solo habría solicitado informació­n acerca de si la Delegación del Gobierno en Madrid habría recibido el informe, que contendría un análisis sobre la relación entre la manifestac­ión y el contagio del virus, sino que va más allá al preguntar a la Guardia Civil qué difusión tuvo el citado informe.

A juicio de los servicios jurídicos del Estado, la juez instructor­a ha iniciado este proceso penal sin que existan indicios de la tipicidad penal de los hechos denunciado­s, sino

“meras sospechas e hipótesis, deficienci­a que se trata de suplir con las diligencia­s acordadas, que no buscan el esclarecim­iento de los hechos presuntame­nte delictivos, sino averiguar si los mismos pueden ser típicos, buscando indicios de esa tipicidad, constituye­ndo así una auténtica investigac­ión prospectiv­a vulnerando la presunción de inocencia del denunciado”.

La Abogacía del Estado considera, además, que “es manifiesto y notorio que hasta el 14 de marzo, en que se aprobó el estado de alarma, no había ninguna resolución de ninguna autoridad competente en materia sanitaria, ni local, ni autonómica, ni estatal, que limitara las concentrac­iones de personas, ya no en ejercicio de un derecho fundamenta­l, como lo es el de reunión, sino con ningún objeto y finalidad”.

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