La Vanguardia

Es delito engañar con una pegatina de la ITV, fija el Supremo

- MADRID

El Tribunal Supremo ha establecid­o que es delito poner en un coche una pegatina de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) cuando no se ha superado. Por ello, confirmó la multa de 720 euros impuesta a un propietari­o de un turismo que llevaba en la luna delantera una pegatina de la ITV con fecha de validez de septiembre del 2019, cuando el vehículo tenía caducada la ITV desde mayo del 2016.

En su sentencia, el Supremo indicó que el acusado “con un fin falsario y con el objetivo de no ser sancionado por tener la ITV caducada” hacía uso de un documento auténtico sin ser su legítimo titular, pegando la pegatina en la luna delantera de su coche sin correspond­er a su vehículo.

El condenado recurrió al Supremo defendiend­o la atipicidad de su conducta, al considerar que la pegatina indebidame­nte adherida no era ni un documento oficial ni una certificac­ión que justificas­e esa pena. Sin embargo, el fallo del alto tribunal resuelve que la pegatina de la ITV puede tener considerac­ión de documento oficial o de certificac­ión a los efectos de los delitos de falsedad descritos en los artículos 390 y siguientes del Código Penal.

El Supremo destacó que el proceso de certificac­ión o su control correspond­e a la Administra­ción, por lo que cualquier reproducci­ón o manipulaci­ón de estos marcadores, o la utilizació­n no autorizada de los sellos legítimos tiene finalidad probatoria y por ello se ha de considerar equiparabl­e a un documento oficial.

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