Rull y Turull, a prisión; Bassa y Forcadell, en semilibertad
Rull y Turull pierden el tercer grado por otra orden judicial
Los recursos contra el tercer grado de los presos del 1-O tuvieron ayer respuesta dispar. Un juez revocó el de Rull y Turull, mientras otro lo mantuvo para Forcadell y Bassa.
El nuevo criterio dictado por el Tribunal Supremo (TS) provoca interpretaciones dispares entre los jueces, hasta el punto de que Carme Forcadell y Dolors Bassa seguirán en semilibertad, mientras que Josep Rull y Jordi Turull retroceden, como el resto de presos independentistas, a un estricto segundo grado, sin posibilidad de poder salir ni a trabajar.
Dos jueces distintos adoptaron ayer resoluciones opuestas para los mismos casos. El juez de vigilancia penitenciaria número 1 de Catalunya, encargado de revisar la situación de Forcadell y Bassa, desoyó la petición de la Fiscalía de suspender la aplicación del tercer grado mientras se estudia su recurso. El fiscal, como ya hizo con las alegaciones contra la clasificación de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, se apoya en la nueva doctrina del TS por la que la presentación de un recurso paraliza la aplicación de la semilibertad. Sin embargo, en su instrucción, el Supremo se refería en concreto a los recursos de apelación que se presentan contra resoluciones judiciales y no a los recursos de alzada como es el caso, que se interponen contra resoluciones administrativas como es la concesión del tercer grado. Por esta razón, el juez deniega la petición del ministerio público al considerar que no corresponde a esta fase del procedimiento dictar la suspensión de la semilibertad de la que disfrutan la la expresidenta del Parlament y la exconsellera de Treball podría vulnerar la legalidad.
El juez señala que el carácter suspensivo de los recursos contra la clasificación de los presos no representa una nueva interpretación doctrinal, “puesto que no se aplica el efecto suspensivo con carácter previo al pronunciamiento en apelación”, asegura el juez. Y añade que “la suspensión una vez interpuesto el recurso de alzada no está
expresamente regulada y puede afectar al principio de legalidad, puesto que afectaría a una restricción de derechos, ya que implicaría el reingreso inmediato de Carme Forcadell y de Dolors Bassa”. Por tanto, la expresidenta del Parlament y la exconsellera seguirán en tercer grado hasta que lo decida el juez y, en caso de que confirmase esta clasificación, sería el Supremo el que debería pronunciarse.
Bassa aplaudió la decisión en Twitter destacando que el juez penitenciario “había aplicado la ley”, pero calificó de “muy grave” que Rull y Turull, en cambio, debieran reingresar, como lo hicieron el resto de presos del 1-O.
Los dos exconsellers vivieron ayer su último día en régimen de tercer grado después de que la juez de vigilancia número 5 de Catalunya, que se encarga de la prisión de Lledoners, suspendió su semilibertad al considerar que la nueva doctrina del Supremo la obligaba a atender la petición del fiscal. Su decisión era más previsible, ya que era la misma juez que ya suspendió el tercer grado de cinco dirigentes independentistas el pasado martes. Inicialmente, Rull y Turull quedaron fuera de los recursos porque los fiscales que debían presentarlos estaban de vacaciones y prefirieron enviarlos de forma progresiva antes que esperar a que estuvieran todos listos. De hecho, los fiscales de sala del TS reconocieron que presentaron los recursos para que no se demorarse la suspensión del tercer grado de los presos del procés.
En los recursos presentados ayer, el ministerio público alega que los exconsellers no han reconocido el delito, no se han sometido a un programa de tratamiento para respetar la ley acorde con el delito de sedición por el que fueron condenados, y que la continuidad de Bassa, Rull y Turull en régimen de semilibertad significaría que “la imposición del castigo a los culpables de este tipo de delitos quedaría impune y se produciría una desigualdad en la aplicación de la ley penal”.
Y reitera la Fiscalía que “no se castiga por difundir opiniones o doctrinas contrarias a la Constitución”, sino por haber “pulverizado el pacto constitucional al definir una legalidad paralela y movilizar a una multitud de ciudadanos para oponerse a la ejecución de las decisiones legítimas de la autoridad judicial”.
El magistrado penitenciario dice que suspender el régimen abierto de las presas vulneraría la legalidad