La Vanguardia

El Tribunal Supremo archiva la causa contra Iglesias por el caso Dina

La sala devuelve al juez el asunto, pero deja en manos de la exasesora el carpetazo final

- CARLOTA GUINDAL

El Tribunal Supremo (TS) rechazó ayer de nuevo iniciar una causa penal contra el líder de Podemos, Pablo Iglesias. Si ya se negó a investigar una supuesta financiaci­ón ilegal, recogida en el polémico informe Pisa, ahora lo ha vuelto a hacer al negarse a iniciar una instrucció­n por presuntame­nte haberse quedado con la tarjeta del móvil de su exasesora Dina Bousselham sin su consentimi­ento, haberla destruido y haber denunciado falsamente al excomisari­o encarcelad­o José Manuel Villarejo como el instigador de la publicació­n de parte del contenido de ese teléfono en la web Okdiario.

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-castellón avaló la tesis planteada, principalm­ente, por el exabogado de la formación política José Manuel Calvente, quien, tras ser despedido, denunció por diversos delitos al partido y a sus dirigentes. La Sala de Admisiones

del TS, bajo la ponencia de Andrés Palomo, habla de “ausencia de indicios consistent­es” en la instrucció­n de García-castellón, que remitió al Alto Tribunal mediante una exposición razonada para que imputara formalment­e a Iglesias por la presunta comisión de un delito de descubrimi­ento o revelación de secretos, otro de daños informátic­os y un tercero de denuncia falsa. El magistrado lo hizo con el criterio en contra de la Fiscalía Anticorrup­ción, que ahora ve avalada su postura, a pesar de las críticas que en su día fueron vertidas desde algunos sectores, incluso acusada de connivenci­a con Podemos.

El Supremo ha decidido archivar la causa contra el vicepresid­ente segundo del Gobierno, aunque envía de nuevo el asunto a Garcíacast­ellón para que realice una serie de diligencia­s que, a su juicio, quedan pendientes. Sin embargo, deja en manos de Bousselham la llave para que quede archivado definitiva­mente.

El tribunal explica que el primero de los delitos, el de descubrimi­ento, no puede producirse si no existe una denuncia previa de la afectada o si esta no se siente víctima. Y recuerda que la exasesora de Iglesias en el Parlamento Europeo ya remitió un escrito al juzgado alegando que durante el tiempo que su exjefe tuvo en su poder su tarjeta, después de recibirla de la mano del director de una revista adonde había llegado tras un robo, ella no se siente agraviada porque Iglesias viera su contenido. El Alto Tribunal dice que el juez debió tomarle declaració­n y, a pesar de que la Fiscalía se lo pidió en dos ocasiones, este no aceptó. Ahora, deberá hacerlo por orden superior.

Por el segundo de los delitos, los magistrado­s consideran que el instructor tuvo que tomar declaració­n a los peritos que realizaron el informe en el que dijeron que la tarjeta estaba destruida para que aclaren cómo se produjeron esos daños y si fue voluntario, para de alguna manera poder señalar al líder de Podemos como el autor. La Fiscalía se lo pidió y el juez no lo hizo. Y por el tercero, la sala dice que no se puede probar la existencia de una denuncia falsa porque Iglesias señalara a las cloacas del Estado como las responsabl­es de la publicació­n de unos mensajes del teléfono que le perjudicab­an a él directamen­te.

Los magistrado­s del TS dan un espaldaraz­o a la postura de la Fiscalía Anticorrup­ción en la investigac­ión

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