FUTBOL CLUB BARCELONA ELECCIONES A LA JUNTA DIRECTIVA CONVOCATORIA DE VOTACIONES
La Comisión Gestora del FC Barcelona ha acordado en las reuniones de los días 15 y 26 de enero de 2021, convocar a todos los socios y socias el domingo día 7 de marzo de 2021, desde las 09.00 horas hasta las 21.00 horas, ininterrumpidamente, en las sedes electorales relacionadas en esta convocatoria, para celebrar las votaciones para la elección de la Junta Directiva del FC Barcelona, después de que éstas hayan sido aplazadas por las restricciones de movilidad adoptadas por la situación epidemiológica provocada por la Covid-19.
Dado que el aplazamiento de la fecha de las votaciones se produjo una vez concluida válidamente la Fase VII del proceso electoral del artículo 40 de los Estatutos, en que se hizo la proclamación oficial por la Junta Electoral de los Candidatos a la Presidencia del FC Barcelona, el proceso se reanudará en la fase electoral en que quedó pospuesto, de acuerdo con el siguiente calendario electoral.
CALENDARIO ELECTORAL
Del 29 de enero al 9 de febrero de 2021: Petición expresa del voto por correo postal en la web del Club.
Del 15 al 26 de febrero de 2021: Recepción de la documentación electoral al domicilio y depósito del voto en cualquier oficina de Correos; y, para los mayores de 65 años y/o con afectación de la movilidad o incapacidad temporal, votación en el mismo domicilio y recogida y custodia del voto directamente por Correos.
Hasta el 5 de marzo de 2021: Campaña electoral.
Día 6 de marzo de 2021: Jornada de reflexión.
Día 7 de marzo de 2021: Celebración de las votaciones. Escrutinio. Proclamación de la candidatura ganadora.
INFORMACIÓN ELECTORAL
1º- Las votaciones se regirán por la presente información electoral en concordancia con los estatutos sociales; la convocatoria realizada el 16 de diciembre de 2020 en el que no contradiga la presente; y el Decreto Ley 4/2021 de la Generalitat de Catalunya, que permite el voto por correo postal.
Todas las fases y actos electorales celebrados hasta la fecha del 14 de enero de 2021 en el que se proclamaron oficialmente por la Junta Electoral los Candidatos a la Presidencia del FCB, señor Joan Laporta Estruch, señor Víctor Font Manté y señor Antoni Freixa Martín, se mantienen inalterables, con plena validez.
2º- Son condiciones para ser elector:
a. Ser mayor de edad y no estar legalmente incapacitado. b. Tener una antigüedad mínima como socio de un año. c. No tener suspendida la condición de socio. d. Estar incluido en el censo electoral vigente de acuerdo con el artículo 47.
Se mantiene inalterable el censo electoral definitivo de los socios electores aprobado por la Junta Electoral en su sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2020.
3º- Los dos órganos Estatutarios en el proceso electoral de las Elecciones del FC Barcelona, Junta Electoral y Mesa Electoral, continuarán estando integrados por los mismos socios, escogidos por sorteo ante Notario el día 16 de diciembre de 2020 y constituidos el 22 de diciembre de 2020, plenamente vigentes y en ejercicio de sus funciones.
4º- Campaña Electoral.
La campaña electoral durará hasta el día 5 de marzo de 2021:
4.1. Durante la campaña electoral, los candidatos podrán realizar actos de información, promoción o propaganda, tal como se recoge y se especifica en el dosier entregado por el FC Barcelona a cada candidato.
4.2. La Junta Electoral velará por que en sus manifestaciones y actuaciones, todos los candidatos mantengan el respeto que merecen los oponentes y para mantener el principio de igualdad de oportunidades en relación con las instalaciones o los servicios del Club.
4.3. El Síndico de los Socios, según el artículo 51º, remitirá la información y publicidad que los candidatos quieran dirigir a los socios, mediante los servicios de la Oficina del Síndico.
5º- Jornada de reflexión.
El sábado día 6 de marzo de 2021 será la jornada de reflexión. Se prohibirán desde las 00.00 horas de ese día todas las actividades públicas de las candidaturas y no se podrán realizar, ni directa ni indirectamente, actuaciones propias de la campaña electoral, como pegar carteles, publicar o emitir propaganda a través de los medios de comunicación, o hacer declaraciones o entrevistas.
6º- Voto por Correo Postal.
Según permite la Disposición Transitoria del Decreto Ley 4/2021 de la Generalitat de Catalunya, publicado en el DOGC del día 21 de enero de 2021, y dado que el presente proceso electoral se encuentra iniciado en el momento de la publicación de la disposición legal citada, se incorpora el voto por correo postal como una nueva modalidad complementaria a la votación presencial, a disposición de todos los socios electores que lo soliciten:
6.1. A partir del 29 de enero y hasta el día 9 de febrero de 2021, los socios incluidos en el censo electoral podrán solicitar el voto por correo postal a través de un formulario ubicado en la web del Club. Para poder ejercer su derecho de voto mediante esta modalidad, el socio deberá seguir las instrucciones que le marque el formulario y tener sus datos personales actualizados. Esta modalidad no es aplicable a los socios residentes en el resto del mundo, excepto en Andorra.
6.2. Una vez hecha la petición, el socio recibirá una confirmación del Club a través de su correo electrónico.
6.3. La solicitud y confirmación del voto por correo implica quedar excluido del censo para poder votar presencialmente el 7 de marzo en las diferentes sedes electorales, y esta modalidad no se podrá anular o modificar bajo ningún concepto.
6.4. El socio que haya decidido votar por correo postal deberá acceder según sus circunstancias personales, a una de las dos modalidades:
a. Modalidad General: Para todos los socios y socias que lo soliciten, y consiste en recibir la información electoral por correo certificado al domicilio y depositar el voto en cualquier oficina de correos.
Para hacer la entrega de la documentación electoral al socio que lo haya solicitado, Correos intentará entregarla al domicilio en un máximo de dos ocasiones. Esta documentación se entregará únicamente al socio y titular, que deberá presentar el DNI para poder recibirla. Posteriormente, el socio tendrá que desplazarse a cualquier oficina de Correos a depositar el voto como máximo hasta el día 26 de febrero de 2021.
En caso de que Correos no consiga entregar la documentación electoral al titular, ésta será depositada en la oficina de Correos que corresponda por su domicilio.
Si la documentación se recoge fuera del plazo establecido, Correos le entregará la documentación correspondiente pero ya no podrá depositar el voto en ninguna oficina ni tampoco ejercer su derecho de manera presencial el día de las elecciones.
b. Modalidad Domicilio: Reservada exclusivamente a los socios y socias mayores de 65 años y/o con movilidad reducida, diversidad funcional, y enfermedad, y que permite recibir la información electoral y emitir el voto en su propio domicilio, previa petición expresa a través de la web del Club. En este caso, un empleado de Correos se desplazará al domicilio del socio para entregar la documentación electoral, el sobre y las papeletas de los candidatos, acompañados también del voto en blanco. En ese mismo momento, deberá entregar nuevamente el sobre con la papeleta correspondiente al candidato que desee votar y para ser entregada posteriormente al FC Barcelona. Es imprescindible que el socio que opte por esta modalidad se encuentre presente en su domicilio durante el periodo que esté abierto el plazo de votación por correo. Correos intentará entregar la documentación hasta un máximo de dos ocasiones. Si en el segundo intento ésta no se puede entregar, la documentación se devolverá a la oficina de Correos asignada, a la que el socio deberá desplazarse para depositar el voto como máximo hasta el día 26 de febrero de 2021.
6.5. Según obliga el artículo 31-bis punto 4 del Texto Único de la Ley del Deporte de Catalunya, con el sistema habilitado por el Club de voto por correo postal queda garantizada la constancia de la recepción del voto, la identificación del elector o electora, la autenticidad y el secreto del voto, a la vez que se impide la duplicidad del voto y se garantiza su incorporación en el momento del escrutinio.
7º- Votación presencial y sedes electorales.
7.1. Las votaciones presenciales se realizarán en las sedes electorales siguientes:
Sede Electoral en Barcelona:
111 Mesas electorales ubicadas en el Camp Nou y Palau Blaugrana, C/ Arístides Maillol, s/n, 08028-Barcelona, donde podrán votar todos los socios y socias que no tengan asignada específicamente otra sede electoral.
Sede Electoral en Lleida:
2 Mesas electorales ubicadas en la sede de la Federación Catalana de Futbol, C/ Riu Besòs, 8, 25001-Lleida, donde podrán votar los socios y socias residentes en la provincia de Lleida.
Sede Electoral en Girona:
5 Mesas electorales ubicadas en el Pavelló Municipal de Fontajau, Av. del President Josep Tarradellas i Joan, 22- 24, 17007-Girona, donde podrán votar los socios y socias residentes en la provincia de Girona.
Sede Electoral a Tarragona:
3 Mesas electorales ubicadas en el Poliesportiu Camp Clar, C/ Riu Siurana, s/n, 43006-Tarragona donde podrán votar los socios y socias residentes en las comarcas del Alt Camp, el Baix Camp, el Baix Penedès, la Conca de Barberà, el Priorat y el Tarragonés.
Sede Electoral a Tortosa:
1 Mesa electoral ubicada en la sede de la Federación Catalana de Futbol, C/ Adrià d’utrecht, 5, baixos, 43500-Tortosa, donde podrán votar los socios y socias residentes en las comarcas del Baix Ebre, el Montsiá, la Ribera d’ebre y la Terra Alta.
Sede Electoral a Andorra:
1 Mesa electoral ubicada en el Centro de Congresos del Comú d’andorra la Vella, Pl. del Poble, s/n, AD500 Andorra la Vella, Andorra donde podrán votar los socios y socias residentes en el Principado de Andorra.
7.2. Con la implementación del voto por correo postal se garantiza de forma más amplia la participación en las votaciones de los socios del resto de España, lo que hace innecesarias las sedes presenciales y dadas las desiguales restricciones de movilidad por razón de la Covid-19 reguladas en las normativas de las diferentes
CC.AA y la imposibilidad de garantizar el ejercicio del voto presencial del censo asignado.
7.3. Los socios podrán consultar a través de la web del Club la sede electoral donde podrán votar presencialmente.
7.4. Los socios que opten por la votación presencial lo harán en la sede que les corresponda por los datos actuales de residencia. Habrá un censo para cada sede electoral y los socios deberán votar en la sede que les corresponda por el código postal que conste en la ficha del socio.
7.5. También habrá recomendaciones para votar en franjas horarias para evitar las aglomeraciones y formaciones de colas de acuerdo con los protocolos sanitarios de la Covid-19. La asistencia a la votación deberá hacerse protegido con mascarilla y atendiendo todas las indicaciones que se den por parte del personal del Club.
7.6. Las papeletas de las votaciones serán editadas por el Club con un formato, papel y color iguales para todas las candidaturas. Las papeletas de las votaciones por el voto presencial estarán distribuidas en las sedes electorales.
7.7. En las sedes electorales, las urnas serán ordenadas alfabéticamente por los apellidos de los socios electores.
7.8. Para ejercer el derecho a voto, los socios deberán figurar inscritos en el censo electoral definitivo y acreditar su identidad con la exhibición del documento de identidad, y, en el supuesto de personas extranjeras, del pasaporte.
7.9. La Mesa Electoral presidirá y controlará el acto de las elecciones, asistida por el Síndico de los Socios.
8º- Recuento de votos y escrutinio.
Una vez terminado el horario de las votaciones del día 7 de marzo de 2021, la Mesa Electoral dispondrá el recuento y el escrutinio de los votos. Incluirá los presenciales y los que hayan sido recibidos en el Club en la modalidad de voto por correo postal.
La Junta Electoral y la Mesa Electoral, conjuntamente, proclamarán provisionalmente la candidatura ganadora.
9º- Prestación de aval.
La nueva Junta Directiva elegida deberá formalizar el aval comprometido de acuerdo con la normativa legal de aplicación, y tomar posesión dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de la elección. A efectos de conocer el importe del gasto por el cálculo del aval, el presupuesto de la temporada 2020/21 está disponible para su consulta en la web del Club.
10º- Fecha de expiración del mandato de la Junta escogida.
La expiración del mandato, por finalización del plazo ordinario, de la Junta Directiva que resulte elegida se producirá el 30 de junio de 2026, de acuerdo con lo establecido en artículo 34.2 a los Estatutos del Club.
Lo que se comunica para conocimiento de todos los socios y socias del FC Barcelona.
Barcelona, 28 de enero de 2021
Por la Comisión Gestora del FC Barcelona
El Secretario
Josep Maria Mir Padullés