La Vanguardia

El TC anula el decreto del Govern que obliga a ofrecer alquiler social

Unanimidad de los magistrado­s, que aducen un defecto formal en la norma

- CARLOTA GUINDAL ROSA SALVADOR

El Tribunal Constituci­onal anuló ayer los decretos 17/2019 y el 1/2020 de la Generalita­t (que modifica el anterior), a través de los cuales se obligaba a los grandes tenedores a ofrecer un alquiler social a los inquilinos morosos, o con el contrato vencido y a quienes hayan ocupado ilegalment­e un inmueble cuando acreditase­n una falta de recursos que les coloca en exclusión residencia­l.

Ahora, el pleno del tribunal de garantías lo ha anulado bajo el argumento de que lo hizo a través de un decreto ley cuando la vía adecuada era su aprobación por ley. “No concurren los requisitos del presupuest­o habilitant­e que exige el art. 86.1 CE para regular la materia sobre las medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda, resultando insuficien­te el rango de la norma”, señaló el tribunal en una nota de prensa.

La ponencia, aprobada en el pleno de esta semana, fue redactada por el magistrado Ricardo Enríquez, aunque el texto inicial debe ser modificado en alguna de las partes. Según estas fuentes, varios de los magistrado­s reclamaron una serie de cambios en la sentencia antes de ser firmada y publicada, lo que se prevé en los próximos días .

El decreto de vivienda fue recurrido por más de 50 diputados del PP en el Congreso y la sentencia tiene efecto inmediato. La formación que lidera Pablo Casado acudió al TC al considerar que la norma, aprobada bajo el mandato de Quim Torra, vulneraba el derecho a la propiedad privada.

El decreto introducía las bases del control de rentas (que se reguo ló en una ley posterior también recurrida por el PP ante el TC), ya que obligaba a publicar el índice de referencia del alquiler en los anuncios y en los contratos de arrendamie­nto. La parte más polémica, sin embargo, era la obligación impuesta a los propietari­os de más de 15 inmuebles de ofrecer un alquiler social a inquilinos morosos o ocupantes ilegales de sus viviendas, con una vigencia de 7 años (5 si el gran propietari­o es una persona física), y la obligación de renovarlo a su vencimient­o.

La norma también ampliaba el derecho de tanteo y retracto en favor de la Generalita­t en la transmisió­n de viviendas adquiridas en procesos de ejecución hipotecari­a mediante compensaci­ón o pago de hipotecas. Así, daba a la Generalita­t este derecho hasta el 2027, en la primera y posteriore­s transmisio­nes del inmueble.

Los representa­ntes del sector inmobiliar­io, en pie de guerra desde hace meses contra la política de vivienda de la Generalita­t, reaccionar­on ayer con prudencia, a la espera de conocer el texto de la resolución. Òscar Gorgues, gerente de la Cambra de la Propietat de Barcelona, señaló que aunque el motivo alegado es formal segurament­e han pesado en el ánimo del tribunal valoracion­es jurídicas como las que realizó el Consell de Garanties Estatutàri­es, que señalaban que se producía una expropiaci­ón temporal de la vivienda, sin encaje en el ordenamien­to jurídico.

El Sindicat de Llogaters, el principal impulsor de las medidas de estas normas, que finalmente consiguió el respaldo de Comuns, la CUP, ERC y Jxcat, organizó ayer una protesta en la plaza Sant Jaume contra la decisión del TC.

Organizaci­ones sociales y partidos han difundido un manifiesto defendiend­o la constituci­onalidad de decreto, en el que aseguran que durante su escaso año de vigencia ha obligado a grandes propietari­os a hacer 2.200 ofertas de alquiler social para evitar desahucios. A su juicio, su anulación conllevará el desahucio de 3.289 familias, que están en precario y pendientes de un alquiler social.

Los decretos forzaban a grandes propietari­os a alquilar pisos a bajo precio a inquilinos morosos y okupas

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XAVIER CERVERA Un ciudadano pasa frente a los carteles de una inmobiliar­ia durante el estado de alarma

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