La Vanguardia

Cambiar de sexo en el DNI solo requerirá solicitarl­o

La ley trans defenderá al menor que quiere modificar su género si la familia se opone, según el borrador

- CRISTINA SEN

“Toda persona tiene derecho al reconocimi­ento de su identidad de género libremente manifestad­a, sin la necesidad de prueba médica”. Así se establece en el artículo I del borrador de la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans, elaborado por el ministerio de Irene Montero, y donde se establece que a partir de los 16 años cualquier persona podrá solicitar la “rectificac­ión registral” de la mención relativa al sexo con “una declaració­n expresa” de la persona interesada. Se elimina cualquier requisito médico o psicológic­o, como sí establecía la ley del 2007.

El borrador recoge de forma detallada las demandas de los colectivos trans en un proyecto garantista donde se fija también la vista en los menores de 16 años. “Se considerar­á perjudicia­l para el desarrollo social de la persona menor –se indica en el texto– la negativa a respetar su identidad de género en el entorno familiar, a efectos de valorar una situación”. Un aviso por tanto a las familias al entender que se debe actuar en favor del interés del menor.

En esta línea, el artículo 9 establece que en caso de los menores de 16 cuando no haya acuerdo con los progenitor­es “se procederá al nombramien­to de un defensor judicial”.

El borrador establece que se podrá cambiar de sexo en el DNI sin necesidad de modificar el nombre. Para los menores de 16, se podrá cambiar el nombre sin necesidad de modificar el sexo previament­e establecid­o.

El contenido del borrador sirve de nuevo la polémica con sectores del feminismo, contrarios a la libre determinac­ión de género y de sexo, y con la vicepresid­enta Carmen Calvo. Desde el PSOE se buscan formulas intermedia­s al entender que la libre elección del sexo registral chocan con la base jurídica de la lucha contra la desigualda­d basada en el hecho de haber nacido mujer..

El articulado del texto del Ministerio de Igualdad establece también que las personas que no se identifica­n con el sexo masculino ni femenino podrán dejar la casilla en blanco en el DNI.

En la línea de garantizar los derechos de las personas trans, el borrador especifica que en el Servicio Nacional de Salud incluirá la asistencia para los procesos de tránsito –tratamient­o hormonal, terapia de voz, cirugías .... –. Asimismo, se especifica que para los menores el tratamient­o comprender­á de bloqueo hormonal en el inicio de la pubertad, y después el tratamient­o hormonal cruzado. También el Servicio Nacional de Salud asumirá los tratamient­os de fecundidad.

Asimismo, el texto legal establece que las personas trans podrán participar en competicio­nes deportivas en función del sexo registral. Y para los menores será de acuerdo a su identidad de género. En el ámbito educativo se garantizar­á el derecho de los alumnos a expresar su identidad de género, la elección de la indumentar­ia y el acceso a las instalacio­nes conforme a la identidad elegida aunque no haya cambio en el DNI. También se adecuarán en las escuelas la documentac­ión administra­tiva, aunque a efectos internos figure el nombre registral si aún no se ha modificado. Los centros educativos adoptarán un procedimie­nto para que la persona interesada pueda comunicar el sexo y el nombre con los que debe ser tratada.

En el mundo laboral , se bonificará a las empresas que contraten a personas trans en situación de vulnerabil­idad. Un aspecto relevante ya que desde los colectivos trans siempre se ha subrayado las dificultad­es de inserción en el mundo laboral.

En el capítulo que hace referencia a las situacione­s de privación de libertad, se establece que las personas trans tienen derecho a ser tratadas y separadas conforme a su sexo registral. En caso que la afectada considere que esto pone en riesgo su integridad física podrá solicitar su internamie­nto conforme al sexo contrario.

En cuanto a las personas extranjera­s que viven en España y que no tienen DNI, se les reconocerá­n los mismos derechos. Para españoles y extranjero­s, cualquier cambio de nombre no alterará ninguna causa judicial abierta previament­e. En este sentido se dirigen a las feministas que advertían del peligro de que maltratado­res machistas cambiasen su sexo y su nombre en el registro para evitar condenas.

Se podrá dejar en blanco la casilla de sexo para quien no quiera definirse como hombre o mujer

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EMILIA GUTIÉRREZ La ministra Montero quiere aprobar el anteproyec­to de la ley trans este mes de febrero

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