El Estado deberá pagar a los Franco los gastos del pazo de Meirás
La sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha confirmado que el pazo de Meirás y las fincas incluidas en el recinto son propiedad del Estado, tal y como decretó el juzgado de primera instancia número 1 de A Coruña en septiembre. Pero, a pesar de validar la condena a los herederos de Franco a desalojar el recinto, les reconoce el derecho a ser resarcidos en los gastos en los que incurrieron desde 1975 para conservar el edificio.
La sentencia rectifica lo estimado por la magistrada de primera instancia de A Coruña, que entendió que no cabía ese resarcimiento por los gastos de conservación porque la propiedad fue incorporada al patrimonio de la familia Franco “de mala fe”. Los magistrados del tribunal difieren de esa consideración y entienden que no hay pruebas de que los demandados fuesen conscientes de que el título de propiedad de Franco fuese inválido. Y es que el inmueble nunca estuvo a nombre del dictador porque la donación realizada en 1938 por la Junta Pro Pazo del Caudillo en un pergamino no era un título hábil para reconocer la transmisión. Tampoco la escritura de compraventa de 1941 por la que supuestamente le vendieron el inmueble a Franco, por ser una “simulación absoluta”.
La creencia de la familia Franco de que la adquisición era correcta también está avalada por el hecho de que, tras la muerte del dictador, han llevado “más de cuatro décadas utilizando el pazo de forma pública, pacífica, ininterrumpida y en concepto de dueños”.
Por tanto, los jueces descartan “mala fe” en la posesión por parte de los demandados, que además realizaron “múltiples obras de rehabilitación y mantenimiento”, e incluso “múltiples reparaciones” tras el incendio que se registró en el año 1978.
Contra esta resolución puede interponerse un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia o ante el Tribunal Supremo.
La Audiencia Provincial de A Coruña confirma que el inmueble es propiedad pública