La Vanguardia

No somos sumisas

- Cristina Sen

Hay que regresar al principio para entender la importanci­a del “solo sí es sí”, más allá de considerac­iones y reconsider­aciones jurídicas que desatiende­n la aplicación de la justicia con igualdad real. En julio del 2019 el Tribunal Supremo enmendaba la sentencia de La Manada y señalaba que el contexto de intimidaci­ón hizo que la víctima adoptase una actitud de “sometimien­to, que no de consentimi­ento”. Y tomando como referencia el Convenio de Estambul –de carácter vinculante en Europa– subrayaba que la voluntad sexual debe de manifestar­se de forma expresa o deducirse claramente.

Este es el objetivo de la ley del Gobierno, que busca proteger la libertad sexual de las mujeres en una sociedad en la que el imaginario patriarcal aún las sitúa en un plano de sometimien­to a los deseos sexuales de los hombres. Legislar y definir de forma clara el consentimi­ento supone también acotar la interpreta­ción de los que juzgan, en un sistema donde prevalece aún la mirada del hombre y se otorga a ellas un papel pasivo. La libertad de decidir con quién se desea mantener una relación sexual, se señala desde la Asociación de Mujeres Juezas, es patrimonio de la mujer y no puede ser interpreta­do subjetivam­ente por nadie.

El consentimi­ento, por lo tanto, es una pieza clave en el avance de una justicia y de una sociedad igualitari­a donde las mujeres, como personas al igual que los hombres, toman decisiones sobre las relaciones sexuales y, como personas, se manifiesta­n al respecto. Ninguna mujer debería preocupars­e, recuerdan las juristas feministas, de cómo van vestidas o si despiertan el deseo sexual de un hombre. En cuanto a la carga de la prueba, prevalece en la ley la presunción de inocencia, y serán ellas las que tendrán que demostrar si no hubo consentimi­ento.

Las mujeres deciden activament­e sobre sus relaciones sexuales. Sentada esta premisa, es sencillo dilucidar qué es una agresión.

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain