España exige una prueba negativa a los viajeros de Francia por vía terrestre
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer sábado una orden que establece la exigencia de efectuar una prueba diagnóstica de infección activa para SARS-COV-2 con resultado negativo para los pasajeros procedentes de Francia, incluidos los llegados por vía terrestre. La prueba debe ser realizada en las 72 horas previas a la llegada de España.
Esta orden se suma a la que establecía que los ciudadanos procedentes de Francia que viajaran por vía aérea o marítima tenían que presentar una prueba negativa, por lo que a partir de ahora todos los viajeros de Francia, entren por donde entren, están obligados a presentar resultados de una PCR o una técnica similar para acceder a España.
De este modo, todas las personas, mayores de seis años, procedentes de zonas de riesgo de Francia que lleguen a España por vía terrestre deberán disponer de una prueba PCR (RT-PCR), una prueba TMA u otro tipo de prueba diagnóstica para SARS-COV2 basada en técnicas moleculares equivalentes, con resultado negativo, realizada en las 72 horas previas a la llegada.
Quedan exceptuados los profesionales del transporte por carretera en el ejercicio de su actividad profesional, los trabajadores transfronterizos y los residentes en zonas fronterizas, en un radio de 30 kilómetros alrededor de su lugar de residencia. El régimen de sanciones será el que corresponde a la ley General de Salud Pública, referido a infracciones y sanciones.