La Vanguardia

Hacienda flexibiliz­a pagos a los afectados por ERTE

El IRPF se podrá ingresar en seis plazos hasta diciembre

- REDACCIÓN

El Ministerio de Hacienda aprobará en los próximos días un cambio normativo para permitir fraccionar el pago del IRPF durante seis meses, y sin el habitual cargo de intereses, a todas aquellas personas que se hubieran visto inmersas en el 2020 en un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).

Los contribuye­ntes afectados por un ERTE tendrán de plazo desde el 20 de julio hasta el 20 de diciembre para el pago de sus tributos, según una informació­n adelantada el pasado viernes por el diario El País. Hasta ahora, la ley exigía la presentaci­ón de declaració­n de la renta cuando los rendimient­os del trabajo fueran inferiores a los 22.000 euros si proceden de un solo pagador, pero ahora, si hay más de uno, como es caso de los afectados por un ERTE, la cifra baja a los 14.000 euros, si se han ingresado más de 1.500 euros por el segundo y restantes pagadores. La Agencia Tributaria apuntó la semana pasada que este año habrá unos 327.000 nuevos declarante­s que cumplen con estos supuestos.

Las ayudas por ERTE tributan como rendimient­os del trabajo que realiza un pagador distinto al empleador, que es el Servicio Público de Empleo (SEPE).

Las retencione­s mensuales del IRPF incluidas en las nóminas durante el ejercicio anticipan de forma aproximada lo que correspond­e al fisco y después, en la declaració­n de la renta, se ajustan las cuentas. En el caso del SEPE, no está obligado a aplicar esas retencione­s si los importes son inferiores a los 14.000 euros, salvo que el contribuye­nte lo haya solicitado.

Esto significa que la declaració­n de la renta puede salir a ingresar (paga el contribuye­nte) si la retención ha sido más baja de lo que correspond­ía, ya que el impuesto grava la suma de todos los rendimient­os del trabajo. Por ello, la Agencia Tributaria está remitiendo cartas informativ­as a los nuevos declarante­s en las que les informa de que podrán optar por fraccionar el pago en seis partes iguales sin intereses si la declaració­n le sale a pagar: el primero será el 20 de julio y el último, el 20 de diciembre. La opción está abierta a todos los contribuye­ntes que tuvieron un ERTE en el 2020, también a los que no son nuevos declarante­s. Esta novedad será aprobada por una orden ministeria­l que se publicará en los próximos días.

Por otro lado, los 460.000 beneficiar­ios del ingreso mínimo vital también estarán obligados a presentar su declaració­n del IRPF. La prestación está exenta, pero es necesario declarar como rendimient­os del trabajo los importes que superen los 11.279,39 euros (1,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples –Iprem–) si, además del ingreso mínimo, se perciben otras ayudas para colectivos vulnerable­s. Por su parte, la deducción por maternidad también sufrirá algunas modificaci­ones. En concreto, aquellas madres que hayan estado en ERTE con la suspensión total de la jornada no tendrán derecho a la deducción durante el periodo que hayan estado en esa situación.

La Agencia Tributaria calcula que este año habrá unos 327.000 nuevos declarante­s

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ANA ESCOBAR / EFE Los ERTE han sido más duros de soportar por el mal funcionami­ento del SEPE

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