La Junta Electoral avala la candidatura de Cantó solo con el DNI
A pocas semanas de que se manden a imprenta las papeletas de las diferentes opciones políticas que se presentarán a las elecciones autonómicas de Madrid del próximo 4 de mayo, todo apunta a que en la del PP figurará el nombre de Toni Cantó. Aunque la decisión definitiva tardará unos días en conocerse tras las dudas legales que presenta su empadronamiento en la capital.
Todo se debe a que la Junta Electoral Provincial verificó ayer en una resolución que tanto el citado exportavoz de Cs en las Cortes Valencianas como el exalcalde de Toledo Agustín Conde han acreditado que en sus respectivos documentos nacionales de identidad (DNI) constan sendos domicilios en la Comunidad de Madrid, uno de los requisitos para poder concurrir a los comicios. Esa aceptación de los DNI, no obstante, implica que el citado organismo no ha comprobado la fecha de su empadronamiento, que en el caso de Cantó fue posterior al 1 de enero del 2021 tal y como ha denunciado el PSOE.
Concretamente, la ley Electoral de la Comunidad de Madrid recoge en su artículo 2.2 que para poder ejercitar el derecho al voto es “indispensable la inscripción en el Censo Electoral vigente”.
Sin embargo, la misma ley autonómica deja abierta una puerta al recoger en su artículo 4.2 que “los que aspiren a ser proclamados candidatos y no figuren incluidos en las listas del Censo Electoral vigente, referido al territorio de la Comunidad de Madrid, podrán serlo siempre que con la solicitud acrediten de modo fehaciente que reúnen todas las condiciones exigidas para ello”.
En su resolución de ayer, la Junta explica que “no hay ningún inconveniente” en que el PSOE examine en la propia sede de la Junta la documentación presentada por dichos candidatos. E indica que cualquier partido, una vez proclamadas las candidaturas podrá interponer recurso.
El PSOE ya ha anunciado que recurrirá su inclusión en las listas del PP