La Audiencia Nacional envía a juicio a la familia Pujol
La Sala mantiene la acusación por organización criminal y blanqueo entre otros
El expresidente catalán Jordi Pujol y sus hijos deberán sentarse en el banquillo de los acusados ante la acusación de formar parte de una organización criminal dedicada a esconder y blanquear el dinero obtenido por la influencia de Pujol en su etapa en la Generalitat. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez José de la Mata de cerrar la instrucción y fijar los delitos como paso previo para sentarles como acusados.
El siguiente paso es que la Fiscalía Anticorrupción presente su escrito de acusación con las penas que solicita para cada uno de ellos. Está pendiente, además, resolver sobre la petición de la mujer de Pujol, Marta Ferrusola, de evitar el juicio ante su incapacidad por graves problemas de salud.
El tribunal ha rechazado los recursos de la familia Pujol y ha estimado que existen suficientes indicios de delito para que el procedimiento siga adelante. Concretamente, fija los de organización criminal o asociación ilícita, blanqueo de capitales, delito contra la hacienda pública y falsedad documental.
Una vez presentados los escritos de acusación y defensa solo quedará dictar el auto de apertura de juicio oral, no recurrible, y fijar fecha para el juicio, en una causa que se inició en el 2012. No obstante, al no encontrarse ninguno de los acusados en prisión, la vista no está contemplada que se celebre para este año. El tribunal señala “una serie de actuaciones de la organización”, presuntamente formada por la familia Pujol, “destinadas a orientar en determinada dirección diversas resoluciones administrativas, aprovechando el cargo de
Pujol Soley al frente de la administración autonómica catalana, fruto de lo cual se obtenían importantes rendimientos económicos, que eran ingresados en cuentas bancarias en el extranjero y sometidos a diversos movimientos y transmisiones, para ocultar su origen ilícito”.
Según el auto notificado este martes, los actos nucleares investigados “se realizaron en el extranjero –fundamentalmente en Andorra– mediante el movimiento de fondos en efectivo de diversas cuentas abiertas en el extranjero, de las que eran titulares varios miembros de la familia Pujol, cuentas que, además, fueron puestas a nombre de fundaciones controladas por dicha familia”.
Los magistrados destacan que la operativa presuntamente diseñada por la familia Pujol consistente en la apertura y cierre simultaneo de cuentas bancarias en el extranjero, así como de movimientos de fondos entre ellas, “indiciariamente obedece a una estrategia orientada a ocultar su origen”. Consideran que hay indicios de “operaciones ilícitas” determinadas que tuvieron como consecuencia determinadas resoluciones de la administración autonómica catalana.
“Se trata de una serie de actuaciones, prolongadas en el tiempo, de todos los miembros de la familia investigados”. Cada uno de ellos habría asumido un rol en la organización que la instrucción asegura haber conseguido reconstruir.
El auto añade “que nos encontramos ante una asociación ilícita inicialmente y una organización criminal con posterioridad –teniendo en cuenta el cambio normativo que se produce durante el periodo– y no ante meros partícipes a título lucrativo, como en el recurso se califica a los restantes miembros de la familia, respecto de la actuación presuntamente lícita de Jordi Pujol Ferrusola”.
El tribunal recuerda que esta calificación jurídica de los hechos es provisional y serán las acusaciones las que en función de los hechos efectúen el encaje típico en sus respectivos escritos.
El tribunal destaca que existen indicios del amaño de contratos favorecidos por Pujol