El Supremo rebaja la condena a Juana Rivas pero entrará en prisión
Irene Montero y colectivos feministas lamentan una sentencia que ven injusta
La ministra Irene Montero escribía ayer en su cuenta de Twitter que la condena a Juana Rivas “sigue siendo una alerta de lo necesaria que es la perspectiva de género en la justicia”. La titular de Igualdad lamentaba así la sentencia del Tribunal Supremo, que rebaja la condena de cinco a dos años y medio de prisión pero que pese a esta rebaja la madre acusada de sustraer a sus dos hijos deberá de entrar en la cárcel. Asimismo, el Supremo confirma su inhabilitación durante seis años para ejercer la patria potestad.
Rivas estaba acusada de un delito de sustracción de sus dos hijos a raíz de los hechos que tuvieron lugar en verano del 2017. La madre permaneció entonces en paradero desconocido con sus dos hijos para evitar su entrega al padre al considerar que así los protegía del maltrato del progenitor, Francesco Arturi, de nacionalidad italiana. La ex pareja de Juana Rivas había sido condenado en el 2009 por malos tratos, y ella volvió a denunciarlo en el 2016. Tras varios requerimientos para que entregase a sus hijos, lo hizo un mes después.
La Plataforma 8-M y 25-N por la Igualdad y contra la Violencia de Género recordaba ayer que en Italia todavía hay una investigación en curso contra Arcuri por supuestos malos tratos contra sus hijos. Y que se está realizando una pericia en el ámbito civil que anula la acusación contra Rivas basada en un “inexistente síndrome de alienación parental”. La plataforma subraya que la sentencia es “tremendamente injusta”, ya que la justicia española no atendió la petición de Rivas cuando actuó “movida por la necesidad de proteger a sus hijos”.
El Tribunal Supremo ha rebajado la condena a Juana Rivas de cinco años a dos años y seis meses de prisión por un delito de sustracción de menores, una pena que conlleva su ingreso en un centro penitenciario. La Sala de lo Penal, reunida en pleno, dictó una sentencia en la que estima parcialmente el recurso de la madre y le rebaja la pena a la mitad al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito y no dos, como sí sostenía, en cambio, la Audiencia de Granada, una tesis que defienden tres magistrados que han formulado un voto particular.
El tribunal explica que, cuando en un mismo acto son varios los menores trasladados o retenidos, no se produce un concurso de delitos, sino uno solo al lesionarse el derecho de custodia del progenitor con quien el menor convive (con independencia del número de menores sustraídos) y la paz en las relaciones familiares.
De esta manera acoge el motivo de Rivas de que el delito de sustracción de menores protege los derechos del padre y no de cada uno de los menores, ya que quiebra el derecho del progenitor.
Pese a esta rebaja, los colectivos feministas lamentan la condena y la ministra Montero indicó también el deber pendiente desde las instituciones “de reparar a las madres que son perseguidas por proteger a sus hijas e hijos de la violencia de género. No descansaremos –subrayaba– hasta hacerlo realidad”.
La plataforma feminista denunciaba que al final es ella la condenada mientras sus hijos “viven en Italia una auténtica pesadilla”.
A la madre, que no entregó a sus hijos al progenitor alegando maltrato, se le niega la patria potestad