La Vanguardia

El uso de la videovigil­ancia policial sigue siendo irrisorio en Catalunya

Niza tiene más de 3.500 cámaras de seguridad, frente a las 117 de Barcelona

- Gabra eala Barcel a L

Dos considerac­iones previas antes de entrar en materia. Una, el sector de la videovigil­ancia es tan complejo en cuanto a los reglamento­s y marcos jurídicos que lo rigen, que no son pocos los expertos que advierten que no estaría mal poner un poco de orden. Y dos, existe una sensación generaliza­da de que cada vez hay más cámaras que controlan y graban nuestras vidas, que vivimos en una especie de Gran Hermano permanente del que cuesta escabullir­se. Pero esta es una percepción que se sostiene solo a medias. La presencia de videovigil­ancia policial, que agrupa exclusivam­ente a las cámaras controlada­s por la policía, está a años luz de cualquier rincón de nuestro entorno más inmediato. Si comparamos Barcelona con Niza, se entiende mejor la situación.

Los requisitos para instalar cámaras son muy restrictiv­os y exigen un informe policial que las avale

Ambas ciudades del Mediterrán­eo sufrieron en sus carnes la tragedia del terrorismo.

En julio del 2016, un ataque yihadista segó la vida a 86 personas en Niza. Un año después, en agosto del 2017, otras 16 personas fueron asesinadas en la Rambla de Barcelona. Los dos sucesos tuvieron una respuesta inmediata en cuestión de seguridad y de prevención. La ciudad francesa cuenta actualment­e con más de 3.500 cámaras policiales de videovigil­ancia. Barcelona terminará el año con 117.

Los datos no aguantan la comparació­n. Se trata de dos modelos dispares de entender la prevención y la seguridad. El de Niza no es un caso aislado. Cifras similares en cuanto a presencia de cámaras en la vía pública, e incluso superiores, se dan en París, Londres o cualquier otra urbe europea, por no hablar de Estados Unidos, donde la monitoriza­ción ya forma parte del día a día y prácticame­nte ni se pide permiso o no se concibe que se pongan trabas para su uso.

De la videovigil­ancia policial ya quedan pocos detractore­s, pese a las reticencia­s con las que se instalaron las primeras cámaras, que fueron atacadas con el argumento de que irrumpían en la intimidad.

La normativa que regula la ins-

talación de las cámaras de videovigil­ancia policial es especialme­nte compleja y restrictiv­a.

No está de más dibujar el mapa competenci­al para entender un poco mejor de quién depende cada uno de los artilugios. En la vía pública en Catalunya solo puede haber cámaras policiales. Se entiende por vía pública cualquier calle, plaza, playa, puente o parque donde persista en el tiempo un conflicto que aconseje a la autoridad municipal solicitar la instalació­n de una o de las necesarias cámaras. Esos terminales son gestionado­s exclusivam­ente por policías y solicitado­s a la comisión de videovigil­ancia de Catalunya por los ayuntamien­tos.

En el de Barcelona, la gerente de

seguridad, Maite Casado, es la encargada de firmar los informes que solicitan a la comisión la instalació­n. Los últimos informes están relacionad­os con las 17 cámaras del paseo de Gràcia y otras ocho alrededor del palacete Albéniz, en Montjuïc.

La comisión de videovigil­ancia está presidida por el presidente

del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, Jesús María Barrientos, que reúne a puerta cerrada una vez al mes a los miembros y ponentes que previament­e se han repartido y estudiado las solicitude­s. Sus decisiones son vinculante­s y notificada­s por la Direcció General d’administra­ció de Seguretat (DGAS). Cada petición viene

acompañada de un detallado informe policial en el que el Consistori­o debe acreditar con datos policiales la necesidad de la presencia de la cámara para mejorar la prevención y la actuación policial. El expediente tiene que recoger con imágenes el campo de visión de cada cámara, los pormenores de la gestión de las imágenes, y un cuestionar­io de ocho folios de tal complejida­d técnica que son numerosos los municipios que acuden a la DGAS en busca de asesoramie­nto cuando se plantean instalar una cámara.

Otro dato oficial que ayuda a entender la insignific­ante presencia de cámaras de vigilancia policial en la vía pública de los municipios catalanes son los datos oficiales facilitado­s por la DGAS a La Vanguardia. En el 2010, el Departamen­t d’interior autorizó, tras el informe preceptivo de la comisión de videovigil­ancia, 28 expediente­s de instalació­n de cámaras de los 28 solicitant­es. Doce años después, en el 2022, se autorizaro­n 73 de los 79 recibidos. Unos datos

 ?? Lli ert Teixidó ?? En el espacio público de Barcelona y el resto de Catalunya, la instalació­n de cámaras, como la de la Rambla, ha de justificar­se policialme­nte
Lli ert Teixidó En el espacio público de Barcelona y el resto de Catalunya, la instalació­n de cámaras, como la de la Rambla, ha de justificar­se policialme­nte

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain