La Vanguardia

Foment recurre el impuesto de patrimonio en la Audiencia Nacional

La patronal abre otra vía para que el gravamen sea declarado inconstitu­cional

- Rosa Salvador Barcelona

La patronal catalana Foment del Treball ha presentado un recurso contra el impuesto de patrimonio en la sala contencios­o-administra­tiva de la Audiencia Nacional, en el que solicita que el tribunal plantee una cuestión de inconstitu­cionalidad al Tribunal Constituci­onal.

Según explicó el presidente de la patronal, Josep Sánchez Llibre, en una rueda de prensa, la patronal va a utilizar esta nueva vía porque ha resultado exitosa recienteme­nte para conseguir que el Constituci­onal anulara preceptos del impuesto de sociedades. La patronal lleva meses muy beligerant­e contra este imuna

y, hasta ahora, había elaborado dictámenes que destacaban la inconstitu­cionalidad del impuesto y los había enviado a las institucio­nes legitimada­s para interponer un recurso en el Alto Tribunal: partidos políticos con más de 50 diputados y senadores, comunidade­s autónomas y el Defensor del Pueblo.

A partir de estos dictámenes, explicó Sánchez, el PP presentó en el 2021 un recurso en el TC sobre el impuesto. Foment elaboró otro dictamen sobre el denominado impuesto sobre grandes fortunas, un recargo sobre el de patrimonio aprobado en los presupuest­os del 2022, que fue la base para que algunos gobiernos autonómico­s presentara­n también recursos de inconstitu­cionalidad, alegando también invasión de competenci­as.

Según Josep Sánchez Llibre, el impuesto del patrimonio es inconstitu­cional por confiscato­rio, ya que grava activos que a veces no producen rentas suficiente­s para pagarlo; porque esos activos proceden del ahorro, por el que el contribuye­nte ya ha tributado; y porque no responde a la capacidad de pago del contribuye­nte, ya que sumada al IRPF la tasa impositiva puede superar el 60% de los ingresos del contribuye­nte.

Jordi de Juan, socio de procedimie­ntos tributario­s del bufete Crowe Spain, y “autor intelectua­l” del nuevo mecanismo, explicó que el impuesto es “inconstitu­cional por motivos de fondo y forma”. Con la reclamació­n, añadió, pretenden que el Constitupu­esto cional fije un límite de los ingresos del contribuye­nte a partir del cual la presión fiscal sea confiscato­ria, como ha hecho el Tribunal Constituci­onal de Alemania.

Manuel J. Silva, asesor legal de Foment y socio consultor del bufete Roca & Junyent, recordó que este impuesto tiene un gran impacto en el tejido empresaria­l porque “hace que los directivos se vayan a territorio­s en los que no se aplica, y en muchas ocasiones detrás del directivo se va la empresa”. Silva recordó que este impuesto no existe en ningún otro país de la Unión Europea y hace que Catalunya sea menos competitiv­a para captar inversione­s empresaria­les.

La presentaci­ón del recurso fue aprobada el lunes por la junta de Foment. Jordi de Juan explicó

Si el TC lo anulase, las autonomías tendrían que devolver lo pagado pero solo a quienes ya hubieran reclamado

que desde el inicio del procedimie­nto la Audiencia Nacional podría tardar cuatro o cinco meses en presentar la cuestión ante el Alto Tribunal. Este probableme­nte la acumularía con el recurso que ya ha presentado el PP, reconoció.

En caso de que el Constituci­onal anulara efectivame­nte el impuesto muy probableme­nte no lo haría con efectos retroactiv­os, advirtió de Juan. Por ello la administra­ción que recauda el impuesto, que son las comunidade­s autónomas y por tanto en Catalunya la Generalita­t, habría de devolver lo pagado a los contribuye­nte solo en los casos en que estos hubieran reclamado, y solo el correspond­iente a los últimos cuatro ejercicios fiscales.

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Jordi Bataller / ACN Jordi de Juan, Josep Sánchez Llibre y Manuel J. Silva en la rueda de prensa

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