‘Filomena’ provoca la declaración de zona catastrófica en ocho comunidades
Andalucía es una de las regiones incluidas en la medida aprobada por el Consejo de Ministros tras la primera valoración Montero explica que los daños no se han cuantificado aún con precisión
El Consejo de Ministros aprobó ayer la declaración de zona catastrófica en ocho comunidades autónomas afectadas por el temporal Filomena, entre ellas Andalucía, indicaron a Efe fuentes gubernamentales.
La declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil –actual denominación de la zona catastrófica– afecta a la Comunidad de Madrid, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Andalucía, Asturias, Aragón, La Rioja y Navarra, según esas fuentes.
El Ejecutivo tomó esta medida tras una primera valoración de los daños, si bien se pueden ampliar los territorios afectados según avance el estudio de esos perjuicios.
En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, explicó que en este primer acuerdo de declaración de zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil propuesto por el Ministerio del Interior no se han cuantificado “con precisión” los daños materiales ni personales.
En esta tarea, añadió Montero, sigue trabajando Interior en colaboración con otros ministerios, ayuntamientos y comunidades autónomas afectadas para lograr una estimación económica de esos daños y poder así elaborar una memoria que los incorpore detalladamente.
Una vez esté lista esta memoria, el Consejo de Ministros adoptará un nuevo acuerdo para delimitar y ampliar si fuera necesario esos daños, si bien en este primer paquete de medidas aprobado se incluyen ya ayudas exentas del pago del IRPF en la reparación de daños en viviendas, negocios o instalaciones públicas para que la recuperación no sufra demoras.
El acuerdo también contempla ayudas destinadas a paliar daños personales; en concreto, los supuestos de fallecimiento y de incapacidad causados directamente por el temporal de nieve y frío, y que están reguladas en el Real Decreto 307/2005.
En esta norma se contemplan, igualmente, las ayudas a personas físicas o jurídicas que, a requerimiento de algún organismo de la Administración General del Estado, hayan prestado recursos personales, materiales o bienes para las labores de superación de las consecuencias del temporal.
Asimismo, las corporaciones locales podrán ver resarcidos los gastos acometidos para hacer frente a la situación de emergencia y subvencionadas aquellas actuaciones inaplazables realizadas para garantizar la vida y seguridad de las personas y el funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
El acuerdo establece una subvención de hasta el 50% de su coste a los proyectos que ejecuten los ayuntamientos, mancomunidades y diputaciones provinciales para reparar o restituir infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal.
El Consejo de Ministros faculta a todos los ministros para declarar las áreas de su competencia como zona de actuación especial para que los distintos ministerios, sus organismos autónomos y entidades públicas vinculadas o dependientes de ellos puedan llevar a cabo actuaciones de restauración de las infraestructuras de titularidad estatal comprendidas en su ámbito de competencias, que podrán declarar de urgencia.
Los territorios afectados podrían ampliarse según avance el estudio de los perjuicios