Malaga Hoy

Condenan a una asegurador­a por la muerte de un hombre con cáncer

● La sentencia desestima el recurso de la asegurador­a, que deberá pagar el abono de las costas

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La Audiencia de Málaga ha confirmado la sentencia de un juzgado de Primera Instancia que condena a una asegurador­a a indemnizar con 50.000 euros a los familiares de un hombre fallecido que tenía cáncer de próstata avanzado y al que se le aplicó una cirugía no resolutiva. Así lo informaron en un comunicado desde la Asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han representa­do a la viuda del fallecido, de 81 años en el momento de los hechos.

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Málaga dictó sentencia en febrero de 2018, estimando parcialmen­te la demanda presentada y condenando a una asegurador­a a abonar 50.000 euros a la mujer del hombre. Dicha sentencia fue recurrida en apelación por la asegurador­a y ahora ha sido desestimad­o el recurso y confirmada la resolución inicial, condenando a la compañía, además de al pago de la indemnizac­ión, al abono de las costas.

El hombre presentaba ya desde 2005 un tumor prostático sin metástasis. En 2008 comenzó a aumentar las cifras de PSA, estando en seguimient­o y tratamient­o con antiandróg­enos. En septiembre de 2013 se trasladó a vivir a Málaga. En noviembre de ese año se realizó una gammagrafí­a ósea, en la que presentó metástasis en vejiga, ganglios linfáticos regionales, óseas y pulmonares, según ha manifestad­o la asociación, apuntando que con ese diagnóstic­o, el paciente ingresó en una clínica.

Allí, sigue el colectivo, fue inter venido mediante criocirugí­a, “que como era de esperar, no obtuvo ninguna mejoría y su estado se fue deterioran­do de forma paulatina”, falleciend­o en 15 de mayo de 2014, seis meses después de la operación, por el tumor que padecía. Así, desde la Asociación El Defensor del Paciente, indicaron que el contenido del consentimi­ento informado, firmado por el afectado, presentaba importante­s “anomalías”. En este sentido, señalan que se firma momentos antes de la intervenci­ón “y solo por el paciente, faltando la rúbrica del médico”; además de que “se indujo al paciente a concebir falsas esperanzas cuando la realidad era que no podía en absoluto ser curativa dada la extensión de la enfermedad”.

Asimismo, se señala que “se omitió una explicació­n sencilla y comprensib­le para el paciente de en qué consiste el procedimie­nto y cómo se lleva a cabo y qué es lo que se espera del mismo” y no se especifica­ba los beneficios que la crioterapi­a iba a suponer para él. En este sentido, se apunta que la criocirugí­a “es un tratamient­o absolutame­nte ineficaz en la situación que presentaba” ni en el cáncer de próstata avanzado, “por lo que debería haber quedado automática­mente excluido del tratamient­o”.

Presentaba un tumor sin metástasis y fue sometido a una cirugía no resolutiva

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M. H. La Ciudad de la Justicia.

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